Providencias que cita
T-490/24 invoca estas providencias en su argumentación. · 48 en total.
Volver a la ficha de T-490/24Pension De Sobrevivientes Con Anterioridad A La Ley 100 De 1993. Regulacion.
Pension De Vejez. Requisitos Del Decreto 758 De 1990 Y Mora Patronal En El Pago Oportuno De Aportes Pensionales.
Inoponibilidad De La Mora Patronal O Falta Absoluta De Afiliacion Para Reconocimiento De Pension De Vejez.
Deber De Proteccion Del Estado Al Adulto Mayor. Acceso Efectivo A Programas Prestacionales Y Asistenciales En Hospital Geriatrico.
Accion De Tutela Contra Providencia Judiciales Para Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Improcedencia Por Incumplir Requisitos De Subsidiariedad E Inmediatez.
Pension De Vejez. Carga De La Prueba De Colpensiones En Inconsistencias De Historia Laboral.
Deberes De Los Fondos De Pensiones Respecto Del Manejo De Informacion En Historias Laborales. Imposibilidad De Trasladar A Afiliados Consecuencias De La Mora Del Empleador En El Pago De Aportes.
Peatones Especiales. Los Ancianos Deben Estar Acompañadas Por Personas Mayores De Dieciséis Años, Al Cruzar Las Vías.
Principio De Favorabilidad En Interpretacion De Normas De Las Convenciones Colectivas De Trabajo
Ley 38/89. Art 8 Final Y 16. Inembargabilidad Presupuestal. Pension De Vejez. Derecho A La Vida. Exequibles Arts 8 Una Expresion Y 16