Micelio
Sentencia de Tutela9 de julio de 2014

T-474 de 2014

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Gabriel Elkin Saldarriaga Bustamante·Demandado Inspeccion De Policia De Angelopolis

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Actuaciones De Autoridades De Policia En El Curso De Un Proceso Policivo
  • Causales específicas de procedencia
  • Procedencia por vulneración del debido proceso
Proteccion Constitucional A Trabajadores Independientes En Condicion De Discapacidad
  • Adopción de medidas afirmativas a favor del accionante para garantizar derecho a desarrollar actividad productiva independiente
Defecto Sustantivo
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Ocurre cuando la providencia judicial o la decisión administrativa encuentran sustento en una norma que no es aplicable al caso
Accion De Tutela Contra Decision Adoptada En Proceso Policivo
  • Vulneración derechos al trabajo, al debido proceso, a la defensa y a la especial protección de personas en situación de discapacidad
Derecho Al Trabajo Y Desconocimiento Por Omision De Acciones Afirmativas
  • Caso en que hubieran permitido el desarrollo adecuado de actividad productiva independiente
Integracion Laboral De Persona Discapacitada
  • Caso en que el demandante construyó un corral para cría de codornices
Principio De Armonizacion Concreta
  • Impide que se busque la efectividad de un derecho mediante el sacrificio o restricción de otro
Principio Pro Libertate Y Optimizacion Del Ejercicio De Los Derechos
  • Caso en que se trataba de permitir al demandante que siguiera laborando
Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado
  • No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
11 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor alega que sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa y al trabajo se vulneraron y que además se desconoció su condición de discapacidad, en virtud de la expedición del acto administrativo que le ordenó retirar un corral para la crianza de codornices y el depósito de estiércol que tenía en su propiedad, debido a la contaminación ambiental producida por la emanación de olores nauseabundos y por no contar con licencia para desarrollar esta actividad.

Se abordan los siguientes temas: 1º.

La protección constitucional de los trabajadores independientes en condición de discapacidad. 2º.

Normatividad sobre uso y destinación de suelos urbanos en el municipio de Angelópolis (Antioquia) y, 3º.

Procedencia de la acción de tutela contra decisiones adoptadas en procesos policivos.

En sede de revisión, el actor indicó que en acatamiento a la orden impuesta por la inspección de policía accionada, retiró el criadero de codornices y se dedicó a realizar otra actividad económica.

En tal virtud, la Sala declara la carencia actual de objeto por daño consumado, pero hace una advertencia a la inspección, para que en adelante observe en sus decisiones respeto por el debido proceso y la especial protección que debe brindar el Estado a las personas en situación de discapacidad, con el fin de que no vuelva a presentarse la situación que dio origen a la solicitud de amparo.

De otro lado, y ante la evidencia del proceder arbitrario de la autoridad demandada que imponía el amparo de los derechos fundamentales del actor, se revocan las decisiones de instancia que negaron la protección solicitada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el diez (10) de septiembre de dos mil trece (2013) por el Juzgado Promiscuo Municipal de Angelopolis (Antioquia) y la sentencia dictada por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Caldas (Antioquia) el veintidos (22) de octubre de dos mil trece (2013) dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Gabriel Elkin Bustamante Saldarriaga contra la Inspeccion de Policia Municipal de Angelopolis (Antioquia). En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por dano consumado, conforme se expuso en la parte considerativa de esta providencia.
  2. Segundo. PREVENIR a la Inspeccion de Policia Municipal de Angelopolis (Antioquia) para que en adelante atienda en sus decisiones la plena observancia del debido proceso y la especial proteccion que tiene el Estado respecto de las personas en situacion de discapacidad, con el fin de que no vuelva a presentarse la situacion que ha dado origen a la presente accion.
  3. Tercero. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónLuis Ernesto Vargas SilvaAclaraciónMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.