Sentencia de Tutela3 de mayo de 2001
T-464 de 2001
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Luz Marina Londoño De Cairoza Vs. Sociedad Residencias Colonial
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales. Solicitud Pago De Salario. Tutela Contra Particulares .Procedencia Excepcional De La Tutela Para El Pago De Salarios. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Particulares
- Subordinación
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de salarios
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
- Pago oportuno de salarios
Derecho Al Pago Oportuno Del Salario
- Fundamental
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de San Andrés el 18 de octubre de 2000 y el Juzgado Civil del Circuito de San Andrés Isla el 24 de noviembre de y en su lugar TUTELAR el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas de Luz Marina Londoño Cairoza.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Sociedad Residencias Colonial Ltda, si es que no lo ha hecho, cancelar, en un término de 15 días siguientes a la notificación del presente fallo, los salarios pendientes de la accionante que comprenden los meses de julio agosto y septiembre de 2000.
- TERCERO. PREVENIR a la sociedad demandada para que se apreste a cumplir lo señalado en este fallo, so pena de incurrir en desacato, y para que en lo sucesivo no repita la omisión que dio origen a la presente acción.
- CUARTO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a22
T-949/00Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas Y Al Minimo Vital. Pago Oportuno De Salarios. Concedida.T-335/00Derecho A La Igualdad Y Libre Asociacion Sindical. Nivelacion Salarial De Docentes. Hora Catedra Y Contrato Indefinido. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-1088/00Derecho Al Pago De Acreencias Laborales. Viabilidad De La Tutela Para Reclamar Salrios En Mora. Prueba Del Mnimo Vital. Concedida.T-081/00Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Y Mesadas Pensionales. Gobernacion De Nariño. Concedida.T-144/99Der. Al Trabajo. Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios Y Prestaciones Sociales. Municipio De Cienaga. Concedida.T-089/99Der. Al Trabajo. Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios. Disponibilidad Presupuestal. Municipio De Guapi. Concedida.
Ver las 22 →Citada por12
T-055/21Derecho De Acceso A La Administracion De Justicia Y Al Cumplimiento De Fallos Judiciales En El Marco De Una Accion PopularSU.424/21Accion De Tutela Contra Providencia Judiciales-Improcedencia Por Cuanto No Se Configuraron Defectos Alegados En Auto De Medidas Cautelares, En El Marco De Proceso De Extincion De DominioT-482/20Proceso De Restitucion De Bien Inmueble Arrendado-Cuando Haya Serias Dudas Sobre La Existencia Del Contrato De Arrendamiento No Debe Exigírsele Al Demandado La Prueba Del Pago De Los CanonesSU.461/20Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales En Materia De Sustitucion Pensional-Improcedencia Por No Configurarse Defectos Sustantivo Y Fáctico Alegados Por AccionanteT-338/18Proteccion Especial A Mujeres Victimas De Violencia Y La Perspectiva De Genero En La Administracion De Justicia.T-158/18Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Improcedencia Por No Configurarse Defecto Factico En Proceso De Responsabilidad Medica En Instancia Civil.
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.