Sentencia de Tutela18 de agosto de 2000
T-1088 de 2000
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Anselmo Ospino Vs. Departamento De Bolivar
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Pago De Acreencias Laborales. Viabilidad De La Tutela Para Reclamar Salrios En Mora. Prueba Del Mnimo Vital. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de salarios
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
- Pago oportuno de salarios
Derecho Al Minimo Vital
- Prueba de la amenaza
Perjuicio Irremediable
- Elementos para que se configure
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias de 11 de febrero del 2000 proferida por el Juzgado 6deg Laboral de Cartagena y la de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena del 10 de marzo del 2000 y en su lugar CONCEDER la tutela por las razones expuestas en la parte motiva.
- SEGUNDO. ORDENAR al Gobernador del departamento de Bolivar que en el termino de treinta (30) dias se provean los recursos necesarios para cumplir con la obligacion de pagar los salarios que se le deben a ANSELMA OSPINO RIOS, segun se relaciono en la parte motiva de este fallo, y dentro de las veinticuatro horas siguientes se le cancelara lo debido.
- TERCERO. PREVENIR para que en el futuro no se vuelva a incurrir en mora en el pago de salarios a quien instauro las tutela decidida en la presente sentencia.
- CUARTO. Por Secretaria librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 el decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-335/00Derecho A La Igualdad Y Libre Asociacion Sindical. Nivelacion Salarial De Docentes. Hora Catedra Y Contrato Indefinido. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-266/00Pago De Salarios Y Prima De Navidad De Docente De Taminango Nariño. Concedida.T-182/00Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios. Asamblea Departamental De San Andres. Concedida.T-070/00Pago De Acreencias Laborales. Proteccion Minima Vital Del Trabajador. Concedida.SU.995/99Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales Docentes Plato Magdalena. Concedida.
Citada por122
T-002A/17Pension De Invalidez. Evolucion Normativa Y Ausencia De Regimen De Transicion.T-618/16Ejercicio Del Ius Variandi Y Sus Limites Constitucionales En Caso De Traslado De Docentes.T-169/16Accion De Tutela Para Reclamar Acreencias Laborales. Procedencia Excepcional Cuando Afecta Derecho Al Minimo Vital;T-525/15Indemnizacion Sustitutiva De La Pension De Personas Que Cotizaron Antes De La Ley 100 De 1993.T-847/14Tutela de 2014T-805/14Tutela de 2014
Ver las 122 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.