Sentencia de Tutela22 de febrero de 1995
T-063 de 1995
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Francisco Ibarra Jimenez
✓
Tema · dato duro
Der. Del Trabajador Al Pago Oportuno De Su Remuneracion. Ejecucion Presupuestal. Docente. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Autoridad Publica Por Omision
- Mora en pago de salario
Excepcion De Inconstitucionalidad
- Procedencia
4 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la Sentencia proferida el 13 de septiembre de 1994 por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Ipiales, al resolver sobre la acción de tutela instaurada por FRANCISCO IBARRA JIMENEZ.
- Segundo. CONCEDESE la tutela impetrada y, en consecuencia, ORDENASE al Gobernador de Nariño que, si todavía no lo ha hecho, proceda dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, a cancelar totalmente los salarios atrasados de FRANCISCO IBARRA JIMENEZ, siempre que haya partida presupuestal disponible. En caso contrario, dentro del mismo término, iniciará los trámites correspondientes e informará de ello, en forma inmediata, al juez de primera instancia.
- Tercero. El cumplimiento estricto del presente fallo será supervisado y exigido por el Juez
- Tercero. Penal del Circuito de Ipiales.
- Cuarto. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por322
SU.575/19Improcedencia De La Acción De Tutela Contra Actos Administrativos Que Reajustan Pensiones Superiores A 25 Salarios Mínimos Mensuales Vigentes En Cumplimiento De La Sentencia C-258/13.T-252/18Accion De Tutela Contra Empresa En Liquidacion. Improcedencia.T-407/15Principio De Subsidiariedad. Accion De Tutela Para Reclamar Acreencias Laborales. Salarios Descontados En Paro De La Rama Judicial.T-008/15Tutela de 2015T-841/14Tutela de 2014T-157/14Tutela de 2014
Ver las 322 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.