Micelio
Sentencia de Tutela1 de agosto de 2019

T-351 de 2019

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Maderleins Nazaret Briceño Barrio·Demandado Notaria Primera De Barrancabermeja Y Otros

Tema · dato duro
Derechos De Los Extranjeros Y Control Migratorio De Nacionales Venezolanos En El Estado Colombiano. Permiso Especial De Permanencia –Pep-.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Permiso Especial De Permanencia Pep
  • Control migratorio de nacionales venezolanos en el Estado colombiano
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Cualquier persona puede exigir el cumplimiento de los derechos de los niños
Derecho A La Administracion De Justicia De Extranjeros
  • Orden de reconocer a ciudadana venezolana Permiso Especial de Permanencia –PEP– como medio de prueba para acudir a la justicia ordinaria laboral
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante, actuando en nombre propio y en representación de un hijo menor de edad, considera que las entidades demandadas vulneraron los derechos fundamentales de los niños, además del acceso a la administración de justicia y la protección especial de las personas en estado de vulnerabilidad, al negarse a autenticar o colocar nota de presentación a un poder otorgado, en calidad de ciudadana venezolana, a un abogado para ejerza su representación legal en distintos trámites judiciales que requiere adelantar.

Las entidades argumentaron el incumplimiento del requisito previsto en el artículo 5º de la Resolución 5797 de 2017, esto es, aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) en compañía de su pasaporteo documento nacional de identidad.

La peticionaria alegó que no posee el pasaporte a pesar de que desde el 2016 adelantó el proceso para su expedición ante la autoridad venezolana competente, pero que su entrega se ha visto truncada debido a hechos imputables a la crisis política, económica y social de su país.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

El marco legal migratorio en Colombia. 2º.

El control migratorio de nacionales venezolanos en el Estado colombiano.

El Permiso Especial de Permanencia (PEP). 3º.

Los derechos de los extranjeros y su protección constitucional. 4º.

El derecho fundamental al acceso a la administración de justicia, el principio de la justicia material y la prevalencia del derecho sustancial. 5º.

El principio de solidaridad como elemento esencial del Estado Social de Derecho y, 6º.

La excepción de inconstitucionalidad.

Se CONCEDE el amparo invocado y se ordena a las demandadas proceder a efectuar el trámite de autenticación o nota de representación del poder mencionado, inaplicando en caso concreto los artículos 5º de la Resolución 5797 de 2017 y 4º de la Resolución 1272 de 2017, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4º de la Constitución Política y por razones expuestas en la presente providencia, tomando como documento de identificación el PEP a nombre de la accionante.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia el dieciseis (16) de enero de dos mil diecinueve (2019), que confirmo el fallo dictado por la Sala de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga el diecinueve (19) de noviembre de dos mil dieciocho (2018), que nego la accion de tutela impetrada por la senora Maderleins Nazaret Briceno Barrio en contra de las Notarias Primera y Segunda del Circulo de Barrancabermeja, la Oficina de Apoyo Judicial de Barrancabermeja y el Juzgado Unico Laboral del Circuito de Barrancabermeja, Santander. En su lugar, CONCEDER el amparo el amparo del derecho fundamental al acceso a la administracion de justicia de la accionante por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
  2. SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR a las Notarias Primera y Segunda del Circulo de Barrancabermeja, a la Oficina de Apoyo Judicial de Barrancabermeja y al Juzgado Unico Laboral del Circuito de Barrancabermeja, Santander que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contado a partir de la notificacion de esta decision, procedan, respectivamente, a efectuar el tramite de autenticacion o nota de presentacion del poder de representacion otorgado a su abogado por la senora Maderleins Nazaret Briceno Barrio con documento nacional de identidad numero 24449694, inaplicando los articulos 5o de la Resolucion 5797 de 2017 y 4deg de la Resolucion 1272 de 2017 en el caso concreto, de acuerdo con lo previsto en el articulo 4o de la Constitucion Politica y por las razones expuestas en esta providencia. En tal virtud, tomaran en cuenta como documento de identificacion el Permiso Especial de Permanencia -PEP- a nombre de la accionante.
  3. TERCERO. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.