T-324 de 2008
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Carlos Eduardo Velasquez·Demandado Coomeva Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Obligación de la EPS de suministrar al menor que sufre de epilepsia los medicamentos excluidos del POS
- Se debe emitir un pronunciamiento médico por parte de un médico adscrito a la empresa de salud que avale o controvierta diagnóstico realizado por médico externo
- Al no ser diligente la EPS en la asignación de citas médicas al menor que sufre de epilepsia, a sus padres les toco acudir a un médico no adscrito a la EPS
- Fundamental prevalente
- Incorpora el derecho al diagnóstico
- No es indispensable su concepto para que el tratamiento o medicamento requerido por el usuario sea otorgado a través de tutela
- Requisitos para acceder a tratamientos y medicamentos de alto costo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud, integridad fisica, vida y proteccion especial a la niñez de hijo de afiliado quien padece de epilepsia y, de conformidad con la prescripcion de los medicos de la fundacion liga central contra la epilepsia, requiere el suministro de los medicamentos carbamazepina retard y clobazam (urbadan) x 10 mg, que hasta la fecha de interposicion de la tuela no habia sido autorizado por la accionada, pese a sus solicitudes.
Pide, por ende, que se conmine a la accionada para que conceda las precitados medicamentos.<br>derecho a la salud de los niños.
Derecho fundamental susceptible de ser protegido a traves de tutela.
Reiteracion jurisprudencial.<br>derecho al diagnostico y suministro de medicamentos excluidos del pos.<br>la emision de un concpeto del comité tecnico no es indispensable para la autorizacion de prestaciones medicas.<br>partiendo, entre otros aspectos, de su evidente estado de debilidad manifesta, se reconocio la necesidad urgente del suminsitro de los medicamentos de la referencia.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos, en primera instancia por el Juzgado
- Decimo. (10) Civil Municipal de Bogota el dia diez (10) de septiembre de dos mil siete (2007) y, en segunda instancia por el Juzgado Treinta y Seis (36) Civil del Circuito el dia diecinueve (19) de octubre de dos mil siete (2007), dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Carlos Eduardo Velasquez Velasquez, en representacion de su hijo Carlos Andres Velasquez Silva, contra Coomeva E.P.S. S.A y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos a la salud, vida, integridad personal, proteccion a la ninez y de peticion del menor CARLOS ANDRES VELASQUEZ SILVA.
- Segundo. ORDENAR al Representante Legal de Coomeva E.P.S S.A, que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) horas, contado a partir de la notificacion de la presente sentencia, autorice el suministro de los medicamentos denominados CARBAMAZEPINA RETARD X 200 MG (TEGRETOL RETARD) y CLOBAZAM (URBADAN) X 10 MG al menor CARLOS ANDRES VELASQUEZ SILVA, de acuerdo con las prescripciones y periodicidad que para el efecto realice su medico tratante.
- Tercero. ADVERTIR a Coomeva E.P.S S.A. que puede repetir lo que pague en cumplimiento de este fallo y que exceda de las prestaciones y beneficios del Plan Obligatorio de Salud del regimen contributivo, ante la Subcuenta respectiva del Fondo de Solidaridad y Garantia del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Fosyga).
- Cuarto. LIBRESE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.