Micelio
Sentencia de Tutela2 de mayo de 2012

T-320 de 2012

Ponente Adriana María Guillén Arango

Demandante Armando Luna Perdomo·Demandado Bancolombia S.A. Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Criterio reiterado y dominante de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia
  • Concepto, fundamento y procedencia de la acción de tutela para solicitarla
  • No se ordenará proferir una nueva sentencia sino que se ordena de manera definitiva la indexación
  • Caso en que recurso de casación no gozaría de ninguna eficacia
  • Orden a Bancolombia con base en la variación del IPC por cuanto la edad lo exime de acudir ante un Juez para que declare nulo acuerdo conciliatorio
Principio Iura Novit Curia
  • Aplicación en este caso, ya que los jueces debieron entender la cláusula atinente al monto de la pensión como no escrita
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia en caso de pensión de jubilación de persona de 79 años
Conciliacion Como Mecanismo Alternativo De Solucion De Controversias
  • Inspiración, alcance, límites y función del conciliador
Indexacion De La Primera Mesada Pensional Y Jurisprudencia De La Corte Suprema De Justicia
  • No admite este derecho a las personas que causaron su pensión antes de 1991
10 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, seguridad social, mínimo vital.

Tutela contra providencia judicial.

El actor inició un proceso ordinario laboral con el propósito de que su pensión se reliquidara.

Los jueces de instancia denegaron la pretensión y declararon probada la excepción de cosa juzgada, en la medida en que el monto de la pensión sanción había sido objeto de un acuerdo conciliatorio que, además, fue aprobado por decisión judicial.

Con la acción de tutela pretende el actor que se revoquen los precitados fallos y que se ordene la reliquidación de su prestación.

La Sala reitera jurisprudencia acerca de la procedibilidad y prosperidad de la acción de tutela cuando se utiliza como mecanismo para controvertir providencias judiciales. 2º El alcance, la naturaleza y los límites de la conciliación. 3º.

La irrenunciabilidad de derechos ciertos e indiscutibles en materia de derecho laboral y de la seguridad social, como una restricción a la autonomía privada y, 4º.

La indexación de la primera mesada pensional.

SE CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el quince (15) de noviembre de dos mil once (2011) por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia y la sentencia proferida el seis (06) de septiembre de dos mil once (2011) por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dentro del proceso de tutela iniciado por Armando Luna Perdomo contra Bancolombia S.A., el Juzgado
  2. Segundo. Laboral Adjunto del Circuito de Bogota y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota -Sala Laboral-, y, en su lugar, CONCEDER el amparo definitivo de los derechos a la seguridad social, al minimo vital y al debido proceso del accionante.
  3. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia del 24 de noviembre de 2010 proferida por el Juzgado
  4. Segundo. Laboral Adjunto del Circuito de Bogota y la sentencia del 13 de mayo de 2011 emitida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, providencias de primera y segunda instancia correspondientes al proceso ordinario laboral promovido por Armando Luna Perdomo en contra de Bancolombia S.A.
  5. Tercero. ORDENAR a Bancolombia S.A. reliquidar, dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, la pension de jubilacion del ciudadano Armando Luna Perdomo, tomando en consideracion todos los ingresos percibidos por el accionante que constituyen salario, con arreglo al titulo V, capitulo I del Codigo Sustantivo del Trabajo, y en especial al articulo 128 ibidem.
  6. Cuarto. ORDENAR a Bancolombia S.A. indexar, dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, la primera mesada de la pension de jubilacion del ciudadano Armando Luna Perdomo y empezar a hacer el pago de las proximas mesadas en correspondencia con esta indexacion.
  7. Quinto. ORDENAR a Bancolombia S.A. pagar a favor de Armando Luna Perdomo, inmediatamente despues de realizada la reliquidacion y la indexacion ordenada en los numerales
  8. tercero. y
  9. cuarto. de esta providencia, el monto que supere el valor de las mesadas pensionales ya canceladas y no prescritas.
  10. Sexto. Por la Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR al Juzgado
  11. Segundo. Laboral del Circuito de Bogota el expediente contentivo del proceso ordinario laboral numero 2009-00863 instaurado por Armando Luna Perdomo contra Bancolombia S.A.
  12. Septimo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.