Micelio
Sentencia de Tutela26 de abril de 2012

T-311 de 2012

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Maria Del Socorro Giraldo Aristizabal·Demandado Coomeva E.P.S.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Coomeva Eps
  • Caso en el que se niegan medicamentos a paciente con Diabetes Mellitus Tipo 2
Acción De Tutela
  • Carencia actual de objeto por hecho superado
Derecho Fundamental A La Salud
  • Inclusión de medicamentos en el Plan Obligatorio de Salud
Hecho Superado
  • Reiteración de jurisprudencia
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida, salud.

La accionante tiene un diagnóstico de Diabetes Mellitus Tipo 2 e instauró la acción de tutela contra COOMEVA E.P.S., para solicitar que se ordene a dicha entidad autorizar y suministrar los medicamentos que le fueron prescritos por un profesional adscrito a la Asociación Colombiana de Diabetes, los cuales considera fundamentales para su vida.

La accionada fundamentó su negativa en el hecho de que los medicamentos solicitados fueron formulados por un médico no vinculado a su red de contratación y porque no se encontró demostrada falla terapéutica en los formulados por el médico adscrito.

En sede de revisión la Sala constató que la medicina reclamada por la actora se le estaba entregando de manera periódica y sin ninguna renuencia, toda vez que las mismas fueron incluidas en el POS.

Se declara la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DECLARAR en el presente caso, la carencia actual de objeto por hecho superado, de acuerdo con los terminos explicados en la parte considerativa de esta sentencia.
  2. Segundo. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado Quince Civil Municipal de Bogota D.C., y el Juzgado
  3. Primero. Civil del Circuito de la misma ciudad, dentro de la accion de tutela promovida por Maria del Socorro Giraldo Aristizabal contra COOMEVA EPS.
  4. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.