T-274 de 2009
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Luis Erney Carmona Restrepo·Demandado Direccion Seccional De Salud De Antioquia Y Empresa Promotora De Salud Del Regimen Subsidiado Comfenalco
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Desarrollo jurisprudencial sobre la configuración de fundamental autónomo
- Participación del juez de tutela para su efectividad
- Deber del Estado de hacer uso de todos los medios apropiados para su efectividad
- Incorpora el derecho al diagnóstico
- Contenido
- Objetivo
- Obligación de EPS prestar atención médica necesaria así como exámenes y tratamiento que se requiera
- Obligación de EPS realizar exámenes de diagnóstico prescritos por médico tratante
- Derecho a gozar de un estado completo de bienestar físico, mental y social dentro del nivel más alto posible
- Derecho a la salud debe hacerse extensivo a otros factores determinantes básicos como el derecho a la alimentación, vivienda, trabajo, educación, dignidad humana, vida, entre otro
- El derecho al diagnóstico se encuentra contenido dentro de los niveles esenciales
- Protección a la salud constituye una labor de permanente actualización y perfeccionamiento por parte del Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos a la salud, vida y dignidad humano invocados por ciudadano perteneciente al nivel ii del sisben, en cuyo favor fue ordenada la practica de un examen oftalmologico que le ha sido negada por su exclusion del pos. <br>proteccion constitucional ofrecida a la salud en tanto servicio publico y derecho fundamental.
Derecho all diagnostico. <br>verificada la afectacion a la salud ocasionada por la afeccion padecida por el actor y el hecho de que, a causa de la omision de la demandada el mismo ha perdido su capacidad visual, se decidio la concesion del amparo. <br>concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin en la accion de tutela instaurada por Luis Erney Carmona Restrepo contra la Direccion Seccional de Salud de Antioquia y la Empresa Promotora de Salud del Regimen Subsidiado Comfenalco. En su lugar, CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Itagui por las razones anotadas en esta providencia.
- Segundo. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.