C-119 de 2008
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Andres Eduardo Dewdney Montero
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia para amparar el derecho a la salud en casos de cobertura del POS
- Carácter subsidiario o residual
- Apelación de las decisiones de la Superintendencia
- Competencia para definir cobertura del POS
- No desplaza a juez de tutela cuando se trata de proteger el acceso efectivo al derecho fundamental a la salud
- Configuración en relación con el cumplimiento de requisitos constitucionales para el ejercicio de funciones jurisdiccionales por parte de la Superintendencia Nacional de Salud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1122 de 2007 articulo 41 se hacen modificaciones en el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones.
Funcion jurisdiccional de la superintendencia nacional de salud.<br>para el actor, la norma demandada viola los articulos 29, 228 y 229 de la carta politica, toda vez que al asignarsele funciones jurisdiccionales a la superintendencia nacional de salud se desconocen tanto la independencia como la imparcialidad con que bebe ejercitarse la funcion judicial, como quiera que tal entidad ejerce igualmente la inspeccion, vigilancia y control de las entidades prestadoras de servicios de salud.
Del mismo modo indico que, en ejercicio de las funciones asignadas por la ley demandada, puede llegar a usurpar facultades constitucionales exclusivas de los jueces de tutela al inaplicar normatividades frente al amparo eventual del derecho a la salud o, por otro lado, la definicion de coberturas del pos radicada en la comision de regulacion en salud.<br>necesidad de estarse a lo resuelto en la sentencia c-117 de 2008 respecto del primero de los cargos esgrimidos en la demanda.
Examen del segundo cargo de inconstitucionalidad referente a la presunta vulneracion del debido proceso por la supuesta competencia exclusiva del juez de tutela para decidir en casos concretos la cobertura del plan obligatorio de salud.
La solicitud de fallo condicionado formulada por la procuraduria general de la nacion.<br>en primer lugar, esta corporacion encuentra que la sentencia <a href=../2008/c-117-08.rtf> c-117/08</a>declaro la exequibilidad condicionada del articulo 41 de la ley 1122 de 2007, por lo que frente al cargo formulado se abstendra de emitir un nuevo fallo de fondo y ordenara estarse a lo resuelto en tal sentencia.
De otra parte se tiene que las funciones de la comision de regulacion en salud son de caracter regulatorio y no judicial.
Adicionalmente, se estima que el segundo cargo expuesto parte de una incorrecta interpretacion tanto de la naturaleza de la accion de tutela como de la aplicacion de la excepcion de inconstitucionalidad.<br>estarse a lo resuelto en sentencia c-117 de 2008 en relacion con el cargo relativo al desconocimiento de los principios de independencia e imparcialidad judicial.<br>exequible el articulo 41 de la ley 1122 de 2007 unicamente por los cargos que fueron estudiados en la presente sentencia.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1122/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Estese a lo resuelto en la Sentencia C-117 de 2008, en relacion con el cargo relativo al desconocimiento de los principios de independencia e imparcialidad judicial.
- Declarar EXEQUIBLE el articulo 41 de la Ley 1122 de 2007, unicamente por los cargos que fueron estudiados en la presente Sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.