C-1071 de 2002
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Mauricio Velandia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para ejercicio
- Atribución de funciones jurisdiccionales permanentes
- Atributo para ejercicio de funciones judiciales
- Campos donde no es posible conferir atribuciones jurisdiccionales
- Ejercicio de función judicial con imparcialidad e independencia
- Ejercicio de función judicial relacionado con función administrativa previa de vigilancia y control
- Ejercicio simultáneo de funciones administrativas y judiciales no son incompatibles
- Exigencias constitucionales para ejercicio de funciones judiciales
- Facultades judiciales son excepcionales
- Funciones judiciales en materia de protección al consumidor interferidas por labores de vigilancia y control
- Atribuciones judiciales donde ejerce vigilancia y control
- Naturaleza de funciones
- Atribuciones jurisdiccionales en materia de protección al consumidor
- Función judicial
- Ambito de función judicial y de labores de vigilancia y control
- Facultades judiciales son excepcionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 446 de 1998.
Art. 145.
Decreto 2651 de 1991.
Codigo de procedimiento civil.
Ley 23 de 1991.
Decreto 2279 de 1989.
Codigo contencioso administrativo.
Descongestion eficiencia y acceso a la justicia.
Proteccion al consumidor.
Superintendencia de industria y comercio
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2279/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE el artículo 145 de la Ley 446 de 1998, únicamente por los cargos estudiados en esta providencia, y siempre y cuando se entienda que, de conformidad con el fundamento 16 de esta sentencia, las funciones allí atribuidas a la Superintendencia de Industria y Comercio deben ejercerse por funcionarios que gocen de independencia e imparcialidad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.