T-280 de 2008
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Gloria Edith Rodriguez En Representacion De Su Hija Menor Juliana Sanchez Rodriguez·Demandado Eps Sanitas S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incorpora el derecho al diagnóstico
- Realización por la EPS de examen de diagnóstico de menor con disminución sensorial o psíquica
- Reglas de procedencia para ordenar suministro de medicamentos excluidos del POS
- Fundamental
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud de menor a quien la entidad se niega a practicarle examen diagnostico para determinar posible "encefalopatia mitocondrial", aduciendo que se encuentra por fuera del plan de beneficios ofrecidos en el pos.<br>solicita se ordene la practica de los examenes diagnosticos prescritos.<br>proteccion del derecho a la salud del menor de edad.
Del derecho al diagnostico.
Subreglas jurisprudenciales para conceder tratamientos y procedimientos no pos.<br>al tratarse de una menor de edad con disminucion sensorial o psiquica, quien depende de la practica de una serie de examenes para mantener o alcanzar un estandar de vida aceptable y digna, y teniendo en cuenta que se encuentra comprobado que la madre de la menor no tiene capacidad economica para asumir el costo de los examenes, la eps accionada no podra negarse a autorizar estos.<br>concedida.
Repeticion contra el fosyga en todos aquellos gastos no contemplados en el pos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Revocar la sentencia del Juzgado Cincuenta y Siete del Juzgado Civil Municipal y, en su lugar, Conceder la tutela al derecho a la salud de la menor Juliana Sánchez Rodríguez, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente fallo.
- SEGUNDO. En consecuencia, ordenar a la E.P.S. SANITAS que, dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente decisión, practique los exámenes diagnósticos ordenados por el médico tratante a la menor Juliana Sánchez Rodríguez.
- TERCERO. Advertir a la accionada que, podrá repetir contra el Estado, específicamente contra el Fondo de Solidaridad y Garantías (FOSYGA), en todos los gastos en los que incurra en cumplimiento de lo ordenado en este fallo y que no esté cubierto por el P.O.S., si a ello hubiere lugar de conformidad con la normatividad aplicable.
- CUARTO. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.