Micelio
Sentencia de Tutela6 de abril de 2005

T-338 de 2005

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Magda Lucero Victoria Bohórquez Vs. Secretaria De Salud Departamental De Casanare

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Niño
  • Fundamental prevalente
Derecho A La Salud
  • Beneficiarios del sistema no deben soportar inconvenientes presupuestales o trámites burocráticos
Principio De Eficacia De La Seguridad Social
  • Prestación del servicio médico
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida digna en conexidad con la vida y los derechos fundamentales de los niños por el no suministro de medicamentos y elementos necesarios para la realizacion del examen uretrocistografia miccional a menor de edad que padece infección en vias urinarias.

Solicita se ordene a la entidad asumir la totalidad de los costos de los medicamentos y examenes que requiera la menor.

Proteccion constitucional reforzada del derecho a la salud de los menores de edad.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del cinco (5) de octubre de 2004 proferida por el Juzgado Laboral del Circuito de Yopal y, en su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos a la vida digna, la salud en conexidad con la vida y los derechos fundamentales de los niños, dentro de la acción instaurada por la señora Magda Lucero Victoria Bohórquez actuando como agente oficioso de la menor Esdinela Santos Victoria contra la Secretaría Departamental de Salud de Casanare.
  2. Segundo. ORDENAR a la Secretaría Departamental de Salud de Casanare, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente sentencia, expida la autorización para que a la niña Esdinela Santos Victoria se le practique el examen de cistouretografía miccional, de acuerdo con lo prescrito por su médico pediatra tratante.
  3. De igual manera ORDENAR a la Secretaría Departamental de Salud de Casanare que desde este momento en adelante, suministre todos los medicamentos y practique todos los procedimientos, tratamientos y evaluaciones médicas que requiera el menor de edad Esdinela Santos Victoria para el pleno restablecimiento de su salud.
  4. Tercero. LÍBRESE por secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.