T-236 de 2020
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Nikita Simonne Dupuis-Vargas Latorre·Demandado Hospital Universitario San Ignacion Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Importancia del consentimiento libre e informado
- Accionante realizó, de manera particular, cirugía para afirmación de identidad de género
- No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
- Configuración
- Mandato de revisión en asuntos constitucionalmente relevantes
- Al declarar carencia actual de objeto, la Sala eludió su función constitucional de revisión
- Garantía por EPS de tratamientos y procedimientos médicos en procesos de afirmación de identidad de género
- Cirugía de mamoplastia de aumento no tiene fines estéticos por cuanto hace parte de un procedimiento integral de reafirmación sexual quirúrgica o cambio de sexo
- Tratamiento para reafirmación sexual quirúrgica o cambio de sexo
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El accionante es un hombre transgénero de 37 años que desde su infancia se ha identificado con el género masculino y por ello se encuentra en un proceso de tránsito para la afirmación de su rol de género.
La vulneración de derechos fundamentales por parte de las entidades demandadas se atribuye al hecho de haber negado la práctica de un procedimiento quirúrgico de mamoplastia reductora por ginecomastia que requiere el tutelante, por considerarlo meramente estético sin un fin funcional, a pesar de haber sido prescrito por el médico tratante y contar con el dictamen de disforia de género, expedido en cuatro oportunidades diferentes por el área de psiquiatría.
En sede de revisión la Sala conoció que el peticionario, a través de un médico particular y con sus propios recursos económicos, se practicó el procedimiento quirúrgico reclamado.
En vista de lo anterior, se declaró la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO por la configuración de un hecho sobreviniente.
No obstante lo anterior, la Corte hizo una advertencia a las entidades accionadas para que, en adelante, eviten la imposición de barreras de acceso en relación con los tratamientos y procedimientos médicos que le sean ordenados al actor como parte del proceso integral de construcción y afirmación de su identidad de género.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. Por las razones y en los términos de esta providencia, REVOCAR las sentencias de tutela de instancia proferidas el 5 de junio de 2018 por el Juzgado
- Quinto. Penal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Bogotá y el 19 de julio de 2018 por el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, frente a la orden de autorizar y realizar la cirugía mamoplastia reductora por ginecomastia. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por la configuración de un hecho sobreviniente.
- SEGUNDO. ADVERTIR a Compensar E.P.S. y al Hospital Universitario San Ignacio para que, en adelante, eviten la imposición de barreras de acceso en relación con los tratamientos y procedimientos médicos que le sean ordenados a Nikita Simonne Dupuis-Vargas Latorre como parte del proceso integral de construcción y afirmación de su identidad de género.
- TERCERO. LEVANTAR, en el presente proceso, la suspensión de términos judiciales ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura, de acuerdo con lo dispuesto en el Auto 121 del 16 de abril de 2020.
- CUARTO. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.