Micelio
Sentencia de Tutela15 de marzo de 2007

T-185 de 2007

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Yomaira Del Socorro Ortega Guzman Vs. Municipio De Pueblo Nuevo - Cordoba

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Inmediatez
  • Improcedencia por no darse el presupuesto de inmediatez
  • Subsidiariedad
Medio De Defensa Judicial
  • Reconocimiento de prestaciones sociales derivadas de un contrato de prestación de servicios
Principio De Inmediatez
  • Criterios para determinar el cumplimiento a pesar de que no exista un término de caducidad de la acción de tutela
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la igualdad de docente que presto sus servicios en el municipio en cumplimiento de una orden administrativa de prestacion de servicios profesionales en el año 2002 y a quien por la no cancelacion de las prestaciones sociales durante el tiempo que presto sus servicios acudio a la conciliacion pero el tribunal contencioso administrativo de cordoba improbo tal conciliacion.solicita se ordene el pago de las prestaciones sociales adeudadas a titulo de indemnizacion asi como los intereses causados.la inmediatez y la subsidiariedad de la accion de tutela.

Requisitos.no es posible admitir la presente accion de tutela en aplicacion del requisitode inmediatez y del de subsidiariedad.negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la decisión adoptada el veintitrés (23) de agosto de 2006 por el Juzgado Promiscuo Municipal de Pueblo Nuevo - Córdoba en la cual se concedió el amparo solicitado a través de apoderado judicial por la ciudadana Yomaira del Socorro Ortega Guzmán, dentro del trámite de la acción instaurada contra el Municipio de Pueblo Nuevo - Córdoba y en su lugar, NEGAR POR IMPROCEDENTE la presente acción de tutela.
  2. Segundo. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.