Micelio
Sentencia de Tutela19 de febrero de 2024

T-040 de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Henao Claudia Patricia·Demandado Colpensiones

Tema · dato duro
Acción De Tutela Para Acrecentar La Pensión De Sobrevivientes-Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado (Colpensiones Reconoció La Prestación Reclamada).
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Colpensiones reconoció y ordenó el pago de la pensión de sobrevivientes al accionante
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a Colpensiones la vulneración de derechos fundamentales de la actora, como consecuencia de negar el acrecimiento vitalicio de su pensión de sobrevivientes, el cual solicitó luego de que su hijo perdiera el derecho a recibir el 50% de esa prestación.

La entidad negó la precitada pretensión alegando el resultado de una investigación administrativa y al incumplimiento de parámetros legales.

En sede de revisión la Sala constató que Colpensiones profirió acto administrativo mediante el cual acreció permanentemente la pensión de la accionante y ordenó el pago retroactivo de las mesadas adeudadas.

Con base en lo anterior, se declaró la carencia actual de objeto por la configuración de un HECHO SUPERADO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo de tutela que profirió en primera instancia el Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito Especializado Itinerante de Pereira el 20 de abril de 2023 y la sentencia de segunda instancia que profirió la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira el 21 de junio de 2023, y en su lugar DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado.
  3. SEGUNDO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.