Micelio
Sentencia de Tutela9 de marzo de 2006

T-185 de 2006

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Wilson Yojan Pupiales Madroñero Vs. Saludcoop Y Otra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Suministro de prótesis
Entidad Promotora De Salud
  • Prestación servicio de salud por accidente de trabajo o enfermedad profesional
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud de afiliado a quien la entidad se niega a autorizarle protesisi transfemural modular rodilla 3r-80 o 3r-60 pie dinamico ordenada por su medico tratante.

Solicita se ordene el suministro de la protesis.

Proteccion constitucional del derecho a la salud.

La corte ha considerado el derecho a la salud como derecho fundamental autonomo cuando la proteccion se dirige a sujetos que la constitucion nacional señala como de especial proteccion constitucional debido a su condicion de vulnerabilidad como es el caso de los niños las personas con discapacidades los adultos mayores.

El derecho a la continuidad en la prestacion del servicio de salud puede ser protegido a traves de la accion de tutela cuando su interrupcion vulnera derechos fundamentales como la salud la vida la integridad fisica o la dignidad de la persona.

Interpretacion por parte de la corte constitucional del articulo 12 de la resolucion 5261 de 1994 expedida por el ministerio de salud en donde se incluye en el plan obligatorio de salud el suministro de las protesis de miembros inferiores.

Las prestaciones asistenciales de los servicios de salud derivados de un accidente de trabajo corresponden a la eps en la cual se encuentre inscrito el afiliado.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida el dia dieciocho (18) de noviembre de 2005 por el Juzgado
  2. Octavo. Civil del Circuito de Cali y, en su lugar, CONCEDER la tutela al derecho fundamental a la salud del senor Wilson Yojan Pupiales Madronero.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a SALUDCOOP EPS que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente Sentencia, autorice al senor Wilson Yojan Pupiales Madronero la PROTESIS TRANSFEMURAL MODULAR RODILLA 3R-80 O 3R CON PIE DINAMICO y lo que sea necesario para su adaptacion y recuperacion.
  4. TERCERO. Para los efectos del articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.