Micelio
Sentencia de Tutela15 de septiembre de 2005

T-961 de 2005

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Laila Milene Lambraño Torres Vs. Humanavivir

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por atención médica
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud de menor beneficiaria del regimen contributivo a quien por mora en el pago de los aportes le fue suspendido el servicio y la entidad se niega a realizar el tratamiento quirúrgico que requiere con urgencia ordenado por su medico tratante.

Solicita se ordene el tratamiento requerido.

Continuidad en el servicio de salud.

Tratándose de servicios publicos es imperativo para el estado garantizar la prestación de manera continua y eficiente.

Derecho a la salud de los menores que no solo tiene el carácter de prevalente sino que determina un respeto incondicional y universal.

Hecho superado por la atención brindada por la entidad a la menor dando cumplimiento a lo pretendido.

Carencia actual de objeto.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Riohacha del 19 de mayo de 2005, que NEGÓ la tutela al derecho a la salud de la menor Laila Lambraño Torres, exclusivamente por carencia actual de objeto.
  3. SEGUNDO. Para los efectos del artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.