T-128 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Claudia Piedad Alvarez Montoya Vs. Susalud
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
- Protección constitucional especial
- Procedencia excepcional
- Fundamental
- Desafiliación
- Prestación sin interrupción
- Controles
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud y seguridad social en conexidad con la vida la dignidad la integridad y la igualdad de afiliada al regimen contributivo con menor nacido prematuramente que requiere la practica de una cirugia de correccion quirurgicapolidactilia de mano izquierda y derecha quien fuera desafiliada unilateralmente de la eps no obstante estar al dia en materia de cotizaciones.
Solicita se ordene la reactivacion de su afiliacion la prestacion de los servicios y el pago de la licencia de maternidad.
Continuidad en la prestacion de los servicios de salud y seguridad social.
Prohibición de desafiliación unilateral por parte de la eps.
La decision de desafiliación debe ser adoptada una vez se haya seguido el procedimiento a que se refiere el articulo 11 del decreto 1703 de 2002.
Proteccion a la salud y la seguridad social del menor.
Proteccion a la mujer embarazada y al recien nacido.
Procedencia excepcional de la accion de tutela para el pago de la licencia de maternidad.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Veintisiete Penal Municipal de Medellín que negó el amparo solicitado y en su lugar, CONCEDER la protección de los derechos fundamentales de la señora Claudia Piedad Álvarez Montoya y el niño Alejandro Montoya Álvarez.
- Segundo. Ordenar a SUSALUD E.P.S. de Medellín: (i) dejar sin efectos la decisión de desafiliación de la señora Claudia Piedad Álvarez Montoya y su hijo Alejandro Montoya Álvarez y en consecuencia que siga prestando la atención médica que requieren; (ii) autorizar y practicar la cirugía de "corrección quirurgicapolidactilia mano izquierda y mano derecha", que le fue ordenada al menor por su médico tratante; y (iii) reconocer y cancelar a la accionante lo correspondiente por licencia de maternidad.
- Tercero. PREVENIR a SUSALUD E.P.S. para que en lo sucesivo no incurran en actuaciones como las que fueron objeto de la presente acción de tutela.
- Cuarto. Por Secretaría General líbrese las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.