Micelio
Sentencia de Tutela24 de febrero de 2010

T-133 de 2010

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Jorge Edgar Pelayo·Demandado Sala De Casacion Penal De La Corte Suprema De Justicia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Auto Que Inadmite Casacion
  • Improcedencia por cuanto un proceso tramitado bajo Ley 600 de 2000 no es impugnable
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por tener ésta carácter subsidiario o supletorio
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, defensa, favorabilidad.

El actor fue condenado como coautor del delito de hurto agravado, por lo tanto interpuso recurso extraordinario de casación, la Corte Suprema inadmitió la demandada y el consecuente recurso de reposición, el accionante considera vulnerados sus derechos debido ya que, se saltó un acto procesal de la calificación de la demanda, pretermitiendo el concepto obligatorio del Agente del Ministerio Público y violando la estructura del debido proceso.

La Corte se pronuncia sobre la procedencia de la acción de tutela contra decisiones judiciales, el auto que inadmite la demanda de casación, proferido dentro de un proceso adelantado según la Ley 600 de 2000, no es impugnable, por lo tanto no resulta procedente la presente acción, pues las conclusiones de la Corte Suprema no son arbitrarias ni constituyen vías de hecho.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de agosto 6 de 2009, proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, por medio de la cual, al modificar la dictada en junio 19 de 2009 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, declaro improcedente la accion de tutela instaurada por el senor Jorge Edgar Pelayo, contra la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.