Micelio
Sentencia de Tutela23 de febrero de 2010

T-126 de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Miguel Antonio Roncancio Ortega·Demandado Eps Sanitas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Entidad Promotora De Salud
  • Improcedencia por cuanto al menor no se le ha negado ningún tratamiento, servicio o medicamento requerido por parte de la EPS
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, vida digna.

El accionante actúa en representación de su hijo menor quien sufre de “epilepsia astatomioclónica”, por lo cual se le venía prestando tratamiento de neurología pediátrica en el Instituto Roosvelt, comenta que la EPS accionada se niega a seguirle brindando el tratamiento en dicha institución debido a que ya no hace parte de su red de prestadores de servicios, el actor solicita ordenar a la EPS seguir prestando el servicio requerido en esa entidad.

La Sala se pronuncia sobre, el derecho a la salud como derecho fundamental, la libertad de escoger IPS, facultad de recobro al FOSYGA por parte de la EPS, se concluye que no se encuentra demostrada la incapacidad, imposibilidad, negativa injustificada o negligencia de la EPS para suministrar un servicio a través de sus IPS.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero.
  2. PRIMERO. LEVANTAR la suspension del termino decretada para decidir el presente asunto.
  3. Segundo. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Treinta Civil Municipal de Bogota D.C. el 10 de julio de 2009, en su lugar denegara la accion de tutela interpuesta.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.