Micelio
Sentencia de Tutela8 de marzo de 2016

T-124 de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Guillermo Antonio Giraldo Alvarez·Demandado Salud Total E.P.S. Y Otra

Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Exigibilidad De Servicios Incluidos Y No Incluidos En El Pos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Mecanismos esenciales e interrelacionados de disponibilidad, calidad, aceptabilidad y accesibilidad, según Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Servicios De Salud Incluidos Y No Incluidos En El Plan Obligatorio De Salud
  • No les corresponde a los usuarios del sistema asumir los costos del servicio de salud cuando no cuentan con los medios económicos para sufragar los mismos
  • Caso en que el actor no puede asumir el pago del medicamento suministrado, pues se trata de un adulto mayor, que está afiliado al Sistema como beneficiario y que no cuenta con nin
  • Fundamentabilidad del derecho a la salud
Cobro De Medicamento A Paciente
  • Improcedencia de tutela por cuanto el cobro del medicamente está dirigido a la EPS y no al accionante, de manera que no se encuentra vulneración de sus derechos en tanto no se le está obligando a asumir ninguna carga económ
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante indica que la Clínica Somer le informó que debía asumir un costo cercano a los 44 millones de pesos por un medicamento que le suministró durante una crisis miasténica que padeció.

Aduce que la E.PS Salud Total se niega asumir dicho valor y que corre el riesgo de sufrir una nueva crisis de salud.

La EPS argumentó que el peticionario se encontraba desafiliado y que sometió al Comité Técnico Científico su solicitud de entrega de la medicina, pero que la misma fue rechazada por cuanto el medicamento no coincidía con las autorizadas por el INVIMA para atender su patología.

Se analiza temática relacionada con el derecho fundamental a la Salud; la exigibilidad de servicios incluidos y no incluidos en el POS y el principio de continuidad en la prestación del servicio de salud.

A pesar de confirmar las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo solicitado, se hacen unas advertencias puntuales a las accionadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Marinilla -Antioquia- el 16 de junio de 2015 que confirmo la sentencia de primera instancia del 5 de mayo de 2015 proferida por el Juzgado 1o Promiscuo Municipal de Marinilla -Antioquia- que nego la accion de tutela instaurada por Guillermo Antonio Giraldo Alvarez, pero por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR a la EPS Salud Total que en lo sucesivo, en los casos similares al estudiado en esta oportunidad, debera garantizar la adecuada prestacion del servicio medico que respete y salvaguarde el derecho a la salud de sus usuarios, con base en el principio de continuidad explicado en las consideraciones de este fallo.
  3. TERCERO. ADVERTIR a la Clinica Somer de Rionegro que en caso de que el senor Guillermo Antonio Giraldo Alvarez requiera nuevamente el suministro de cualquier medicamento, servicio o tratamiento, debera prestar o acceder al mismo, teniendo en cuenta que unicamente es posible imputar al usuario el valor de los copagos y las cuotas moderadoras establecidas para los servicios dispuestos por el plan de beneficios correspondiente, observando la condicion y capacidad economica del paciente.
  4. CUARTO. Librense por la Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por39
T-507/24Derecho A La Salud, Continuidad E Integralidad Del Servicio Médico-Desconocimiento De La Libre Escogencia En El Sistema De Seguridad Social Y Cambio En El Modelo De Atención Para Cardiología Pediátrica.T-285/24Accesibilidad, Continuidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios, Medicamentos (Clonazepan Y Morfina) Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante (Transporte Urbano/Intermunicipal, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes, Exoneración De Copagos Y Cuotas Recuperadoras, Entre Otros).T-264/24Derechos A La Salud Y Vida Digna-Garantía De Tratamiento Integral Para Niños, Niñas Y Adolescentes. Suministro De Medicamentos Sin Registro Sanitario Invima (Exoneración De Copagos Y Cuotas Recuperadoras).T-252/24Principios De Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios, Medicamentos Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante (Transporte Urbano/Intermunicipal, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes, Pañales, Silla De Ruedas, Asignación De Cuidador O Enfermera, Entre Otros).T-178/24Derecho A La Salud Mental De Niños, Niñas Y Adolescentes (Diagnóstico De Depresión E Ideas Suicidas)-Principios De Integralidad Y Continuidad En La Prestación Del Servicio En Los Contratos De Medicina Prepagada.T-155/24Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Cubrimiento Del Servicio De Transporte De Pacientes Y Acompañantes, Alojamiento, Alimentación (Urbano/Intermunicipal). Reiteración De Jurisprudencia.
Ver las 39

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.