Micelio
Sentencia de Tutela4 de diciembre de 2003

T-1177 de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Andrea Velásquez Valderrama Contra Empresa Comercializadora Kaysser S.A.

Tema · dato duro
Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada. Terminación Contrato De Trabajo. Ley 79 De 1988. Convenio De Asociación. Se Configuro Un Contratod E Trabajo. Cooperativa Convenios Estratégicos. Reintegro A La Cooperativa Se Dio Durante El Tramite De La
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cooperativas De Trabajo Asociado Y Despido De Mujer Embarazada
  • Existencia de relación entre Cooperativas y Cooperada no excluye relación laboral
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, pero por las consideraciones aquí expuestas.
  2. Segundo. PREVENIR al Representante Legal de la Cooperativa Convenios Estratégicos para que bajo ningún supuesto se le cancele la relación laboral a la actora mientras se encuentre en el periodo posterior al parto, fijado por la ley, dada la protección que merece su estado.
  3. Tercero. ORDENAR al Ministerio de Protección Social para que diseñe, adopte y ejecute, dentro de la órbita de su competencia, un programa que garantice efectivamente los derechos de las personas asociadas a esta clase de cooperativas, y en especial los de las mujeres embarazadas, así como los correctivos necesarios que eviten que estas cooperativas incurran en irregularidades para beneficiarse de las ventajas que ofrece este tipo de trabajo asociado, tendiendo en cuenta el plazo otorgado para tales efectos en sentencia T-1101 de 2001, el cual fue de 6 meses a partir de la ejecutoria de ésta.
  4. Cuarto. Para el mejor cumplimiento de esta sentencia, por Secretaría General ofíciese lo pertinente al señor Defensor del Pueblo
  5. Quinto. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.