T-1145 de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Jose Ignacio Agudelo Cruz Y Otros Vs. Inpec
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pilar fundamental dentro de la democracia constitucional
- Accionantes sostienen que el centro penitenciario donde se encuentran recluidos no les ha suministrado los elementos de aseo y uso personal cada cuatro meses
- Situación de subordinación e indefensión del interno
- Consecuencias jurídicas
- Estado debe garantizar el derecho al mínimo vital de los internos
- Compromete la dignidad humana del interno y debe ser suministrada por el Estado
- Deben cumplirse las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos internacionalmente pactadas
- Derechos que no pueden ser suspendidos
- Relación de especial sujeción entre el Estado y las personas privadas de la libertad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la dignidad humana de internos en el establecimiento penitenciario y carcelario de alta y mediana seguridad de la dorada a quienes no se les ha suministrado los elementos de aseo y uso personal por parte de la entidad.
Solicitan se ordene el suministro de dichos elementos.
De la relacion especial de sujecion y de la dignidad humana.
Es deber del estado proteger a todas las peronas incluyendo dentro de las mismas a aquellas privadas de la libertad en los distintos ambitos de proteccion del ser humano.
Si una persona es sometida a detencion preventiva o condenada penalmente y es efectivamente recluida en un centro penitenciario se convierte en titular del derecho a la dotacion el que puede oponerse por su naturaleza imperativa a las autoridades penitenciarias y carcelarias las cuales tendran el deber juridico correlativo de suministrarla.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR los fallos proferidos por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, Sala de Decision Civil-Familia de fechas junio 21 y 23 de 2005, dentro de las acciones de tutelas instauradas por por Jose Ignacio Agudelo Cruz y otros (Expediente T-1152909) y Julian Murillo Zapata y otros (expediente T-1152912).46
- SEGUNDO. ORDENAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario y al Establecimiento Penitenciario y Carcelaria de Alta y Mediana Seguridad de la Dorada (Caldas), que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la notificacion de este fallo, proceda a suministrar en los terminos previstos en el Memorando Ndeg 0251 del 10 de marzo de 2004 y en la Resolucion Ndeg 364 del 14 de abril de 2004, los elementos de aseo e higiene personal de los senores Jose Ignacio Agudelo Cruz, Nicolas Alberto Castano Ocampo, Jair Padilla Leal, Oscar Javier Guevara, Julian Murillo Zapata, Robinson Arango Trejos, Henry Gomez Rua y Harry Chaverra Gomez.
- TERCERO. EXHORTAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario y al Establecimiento Penitenciario y Carcelaria de Alta y Mediana Seguridad de la Dorada (Caldas) que en la medida de sus posibilidades administrativas y presupuestales analicen la posibilidad de aumentar las cantidades de los elementos de aseo y uso personal que se suministran a los internos u, opcionalmente, se reduzcan los plazos para la entrega de los mismos.
- CUARTO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.