T-1026 de 2006
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Diego Montalvo Zarama Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Aplicación en normas sustantivas y procesales
- Delitos cometidos antes de la vigencia del sistema penal acusatorio
- Debe analizarse cada caso en concreto
- Consagración constitucional
- Criterios de aplicabilidad en la ley 906/04
- Elemento fundamental del debido proceso
- Sentencia anticipada y aceptación de cargos son instituciones similares y coexistentes
- Concepto
- Defecto sustantivo por evidente exclusión de normas aplicables
- Procedencia excepcional
- Procedencia excepcional por inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial
- Reclusos que se acogieron a sentencia anticipada y no les fue aplicada la pena señalada en el nuevo C. de P.P. o Ley 906/04
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso y la igualdad de personas que fueron condenadas habiéndose sometido a la figura de sentencia anticipada y a quienes les fueron negadas las solicitudes de redosificacion de penas en aplicacion del articulo 351 de la ley 906 de 2004 aduciéndose que la figura de la sentencia anticipada de la ley 600 de 2000 no puede asimilarse a la de aceptacion de cargos a que se refiere la ley 906 de 2004.solicitan se ordene la redosificacion de sus penas.tutela contra providencias judiciales.
Procedencia excepcional de la accion de tutela contra providencias judiciales.
Aplicacion de la favorabilidad de las disposiciones de la ley 906 de 2004 a casos investigados y juzgados en vigencia de la ley 600 de 2000.
Mecanismos de allanamiento a los cargos orientados a la terminacion anticipada del proceso previstos en las leyes 600 de 2000 y 906 de 2004.negada - concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- PRIMERO. Revocar las sentencias proferidas en unica instancia por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en los casos de Carlos Alberto Baron Gutierrez (T-1422304) y Ruben Dario Beltran Quintero (T-1421191). En su lugar, denegar por improcedente el amparo solicitado, con fundamento en las consideraciones de esta sentencia.
- SEGUNDO. Revocar las sentencias proferidas en unica instancia por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en los casos de Diego Montalvo Zarama (T-1415224), German Enrique Larota (T-1417373) y Lisandro Antonio Castano (T-1419322). En su lugar, conceder la tutela al derecho al debido proceso de aquellos, por las razones expuestas en este pronunciamiento.
- TERCERO. En consecuencia, en el caso de Diego Montalvo Zarama (T-1415224), dejar sin efectos el auto interlocutorio dictado en segunda instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior de Buga, el 4 de abril de 2006. En su lugar, dejar en firme el auto interlocutorio dictado en primera instancia por el Juzgado
- Primero. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Palmira, el 27 de diciembre de 2005, en el que otorgo una rebaja de pena al actor de conformidad con el articulo 351 de la Ley 906 de 2004.
- CUARTO. En el caso de German Enrique Larota (T-1417373), dejar sin efectos los autos interlocutorios proferidos por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de San Gil y la Sala Penal del Tribunal Superior de San Gil, los dias 21 de marzo y 28 de abril de 2006, respectivamente. En su lugar, ordenar al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de San Gil que, en el termino de cinco (5) dias habiles contados a partir de la notificacion de este fallo, proceda a resolver la solicitud de redosificacion punitiva formulada por el actor, teniendo en cuenta las normas aplicables en virtud del principio de favorabilidad, conforme a las consideraciones de esta sentencia.
- QUINTO. En el caso de Lisandro Antonio Castano (T-1419322), dejar sin efectos los autos interlocutorios proferidos por el Juzgado
- Segundo. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Ibague y la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibague, los dias 30 de agosto de 2005 y 16 de febrero de 2006, respectivamente. En su lugar, ordenar al Juzgado
- Segundo. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Ibague que, en el termino de cinco (5) dias habiles contados a partir de la notificacion de este fallo, proceda a resolver la solicitud de redosificacion punitiva formulada por el actor, teniendo en cuenta las normas aplicables en virtud del principio de favorabilidad, conforme a las consideraciones de esta sentencia.
- SEXTO. Para los efectos de lo dispuesto por el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, la corporacion de origen haran las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.