Micelio
Sentencia de Tutela2 de marzo de 2020

T-087 de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Cristian Alberto Sanchez Tusarma·Demandado Fundacion Universitaria San Martin

Tema · dato duro
Debido Proceso En El Marco De Las Actuaciones De Caracter Disciplinario En Institucion Universitaria
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educacion Y Principio De Autonomia Universitaria
  • Reiteración de jurisprudencia sobre los límites
Debido Proceso En Actuaciones Disciplinarias En Instituciones Educativas
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Protección derechos al debido proceso administrativo, a la educación, a ejercer una profesión y al trabajo
Autonomía Universitaria
  • Facultad para expedir reglamentos con amplio margen de autodeterminación, limitada por el respeto de los derechos fundamentales y la garantía al debido proceso
Derecho A La Educación
  • Naturaleza y contenido
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a la Fundación Universitaria San Martín (FUSM) la vulneración de derechos fundamentales del actor, al haberlo sancionado con la cancelación de la matrícula académica y, en consecuencia, negarle la expedición de los recibos de pago correspondientes a los derechos de grado e impedirle obtener el título profesional en Medicina Veterinaria y Zootecnia.

La sanción mencionada fue impuesta como resultado de un proceso disciplinario adelantado en contra del peticionario, por haber bloqueado con cadenas una de las puertas de acceso a la institución, como manifestación de protesta contra la gestión adelantada por altos directivos de la Fundación.

La anterior actuación la realizó en su calidad de presidente de la Asociación Nacional Académica Samaritana y en unión de otras personas.

Se analiza jurisprudencia constitucional relacionada con el derecho fundamental a la educación, específicamente en el contexto de la educación universitaria para los mayores de edad.

Así mismo, se analiza temática sobre la autonomía universitaria y la garantía del debido proceso en el trámite de actuaciones disciplinarias.

La Corte considera que la accionada trasgredió garantías constitucionales al haber adoptado una decisión con sujeción a lo previsto en el régimen disciplinario del reglamento estudiantil, cuando el accionante no podía ser tenido como estudiante matriculado, toda vez que ya había culminado materias y había cumplido requisitos de grado.

Concluye la Sala que la entidad desconoció la realidad del vínculo jurídico existente entre ella y el tutelante, el cual era egresado no titulado.

Se CONCEDE el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR por las razones expuestas en esta providencia, las sentencias de primera y segunda instancia, proferidas por el Juzgado Veintiocho Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Bogota D.C., el 24 de mayo de 2019, y por el Juzgado Cincuenta y Tres Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogota D.C., el 25 de junio de 2019, respectivamente, que resolvieron negar el amparo solicitado por el senor Cristian Alberto Sanchez Tusarma. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos del accionante al debido proceso administrativo, a la educacion, a ejercer una profesion y al trabajo.
  2. SEGUNDO. Por las razones expuestas en esta sentencia, DEJAR SIN EFECTOS (i) la decision adoptada por el Consejo Academico Extraordinario de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la FUSM, en sesion del 5 de abril de 2018; (ii) la Resolucion Rectoral No. 01 del 24 de julio de 2018 "Por la cual se impone una sancion disciplinaria al estudiante Cristian Alberto Sanchez Tusarma"; (iii) la Resolucion Rectoral No. 04 del 28 de agosto de 2018, "Por la cual se resuelve el recurso de reposicion"; y (iv) el Acuerdo No. 09 del 24 de septiembre de 2018, "Por el cual se resuelve el Recurso de Apelacion".
  3. TERCERO. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR a la Fundacion Universitaria San Martin que, en el termino de los quince (15) dias calendario siguientes a la notificacion de esta providencia, adopte una nueva decision frente a la situacion del senor Cristian Alberto Sanchez Tusarma, en la que se cumplan con los fundamentos juridicos 60 a 76 de esta providencia.
  4. CUARTO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaria General de la Corte Constitucional-, asi como DISPONER las notificaciones a las partes y terceros intervinientes, previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991, a traves del Juzgado Veintiocho Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Bogota D.C
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.