Micelio
Sentencia de Tutela12 de agosto de 1992

T-492 de 1992

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Harold Sarmiento

Tema · dato duro
Derecho A La Educacion. Autonomia Universitaria. Reglamento Estudiantil. Debido Proceso. Univ Externado. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (10 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. Del fallo proferido el día cuatro (4) de marzo de mil novecientos noventa y dos (1992) por el Juzgado Once Penal del Circuito de Santafé de Bogotá, D.C., respecto de la acción de tutela intentada por HAROLD HUMBERTO SARMIENTO RAMIREZ contra la Fundación "Universidad Externado de Colombia", se CONFIRMAN las siguientes partes:
  4. a) El numeral
  5. segundo. de dicha providencia pero únicamente en cuanto revocó la decisión adoptada por el Juez Treinta y Seis Penal Municipal de Santafé de Bogotá, D.C., el veintisiete (27) de enero de mil novecientos noventa y dos (1992), mediante la cual se había ordenado a la Fundación "Universidad Externado de Colombia" otorgar el título universitario de Comunicador Social a HAROLD HUMBERTO SARMIENTO RAMIREZ;
  6. b) El numeral quinto, mediante el cual se ordena el desglose de un certificado y se ordena compulsar copias a la justicia penal para lo de su competencia;
  7. Segundo. REVOCANSE las demás decisiones adoptadas por el Juez Once Penal del Circuito de Santafé de Bogotá en el fallo mencionado, por cuanto, según se ha establecido en la presente sentencia, la acción de tutela instaurada era IMPROCEDENTE.
  8. Tercero. CONFIRMASE la providencia del once (11) de marzo de 1992, dictada por el Juez Once Penal del Circuito de Santafé de Bogotá, D.C., aclaratoria de la pronunciada el cuatro (4) de marzo del mismo año.
  9. Cuarto. REMITASE copia de esta sentencia al Ministerio de Educación Nacional, al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y a la Secretaría de Educación del Distrito Capital de Santafé de Bogotá.
  10. Quinto. LIBRESE por la Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.