T-086 de 2020
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Carlos Roberto Viveros Tulcan Y Otro·Demandado Colegio San Felipe Neri De San Juan De Pasto Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Retención de notas y certificados de estudios por no pago de pensión
- No vulneración por retención de certificados de grado puesto que no se demostró la existencia de un hecho sobreviniente que impidiera cancelar las obligaciones económicas y no se acreditó voluntad de pago
- Padres de familia no pueden abusar de sus derechos e incurrir en cultura del no pago
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se estudiaron dos acciones de tutela en los cuales los actores alegaron que entidades educativas vulneraron derechos fundamentales, al negarse a entregar certificados de estudio, acta de grado, diploma o certificado de notas de sus hijos, con fundamento en la mora en el pago de obligaciones económicas.
Se aborda temática relacionada con el derecho a la educación y su doble connotación como derecho-deber.
Así mismo, sobre la retención de certificados de estudios por parte de las instituciones educativas.
En un expediente se declaró la carencia actual de objeto por hecho superado, toda vez que lo pretendido en la demanda de tutela fue satisfecho de manera íntegra.
En el otro asunto se negó el amparo invocado, por el incumplimiento de ciertos deberes por parte del peticionario y en aras de evitar lo que la jurisprudencia de la Corporación ha denominado “la cultura del no pago”.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia del cuatro (4) de febrero de 2019 proferida por el Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de San Juan de Pasto y, en su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado respecto del expediente T-7.301.069, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia del diecisiete (17) de enero de 2019 proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil de Oralidad de Soledad (Atlantico) que a su vez confirmo la sentencia del siete (07) de noviembre de 2018 proferida por el Juzgado
- Primero. de Pequenas Causas y Competencias Multiples de Soledad (Atlantico) que resolvio no tutelar los derechos de la accionante respecto del expediente T-7.313.556, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Tercero. LIBRAR, a traves de la Secretaria General, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.