Micelio
Sentencia de Tutela15 de diciembre de 2023

T-566 de 2023

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Carlos·Demandado Sociedad Mt Y Otra

Tema · dato duro
Derecho A La Educación Y Continuidad En La Formación Académica-Modificación En Las Condiciones Para Acceder A Beneficios Económicos (Beca Estudiantil).
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educacion Del Niño
  • Estado, sociedad y familia directos responsables
Principio De Igualdad
  • Carácter relacional
  • Mandatos que comprende
  • Reglas jurisprudenciales
Derecho A La Educacion De Menores De Edad
  • Debe ser interpretado conforme al principio del interés superior del menor
Acción De Tutela
  • Improcedencia sobre controversias económicas
Derecho A La Educación
  • Doble dimensión como un derecho y un servicio público con función social
  • Elementos esenciales
  • No existe vulneración por cuanto menor de edad se encuentra actualmente inscrito en institución educativa
  • Disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad
Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Procedencia de la acción de tutela para su protección
7 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor, actuando en representación de dos hijos, considera que las accionadas vulneraron derechos fundamentales de los menores al modificar las condiciones para acceder a la beca estudiantil que habían disfrutado durante toda su vida académica, la cual cubría el 100% de los costos académicos, incluido el transporte escolar.

Se reitera jurisprudencia sobre: 1º.

El derecho a la educación y sus elementos estructurales. 2º.

Los límites de la autonomía institucional y; 3º.

El principio de igualdad.

La Corte constató que no existió la violación de garantías constitucionales alegada, en la medida en que efectivamente se removió la beca, pero en ningún momento se restringió a los menores el acceso o la continuidad en la institución educativa, se les dejó avanzar en el año lectivo y los padres manifestaron que contaban con la capacidad económica para sufragar los costos educativos, en dicho colegio o en otro.

Se NEGÓ el amparo al derecho a la educación y se declaró IMPROCEDENTE la acción respecto a los otros derechos invocados, estos son, igualdad, debido proceso y confianza legítima.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el 6 de febrero de 2023 por el Juzgado 1º Civil del Circuito de Curumaní, que confirmó la decisión de "negar por improcedente"72 la acción de tutela presentada por el señor Carlos, en representación de sus hijos María y Lucas, contra las sociedades M.T. y la Sociedad B.C.
  2. Segundo. En su lugar, NEGAR el amparo del derecho a la educación pretendido por el señor Carlos, en representación de sus hijos María y Lucas, conforme lo expuesto en la parte motiva.
  3. Tercero. DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela respecto de los derechos al debido proceso, igualdad y confianza legítima, atendiendo a las razones expuestas en precedencia.
  4. Cuarto. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.