Micelio
Sentencia de Tutela3 de febrero de 2014

T-065 de 2014

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Jose Jesus Gonzalez Lopez En Calidad De Agente Oficioso De Luis David Rodriguez Gonzalez·Demandado Direccion De Sanidad De La Policia Nacional, Seccional Cundinamarca

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Subsistema De Salud De Las Fuerzas Militares Y De La Policia Nacional
  • Caso en que abuelo solicita la afiliación a salud de su nieto menor como beneficiario al Subsistema de Salud de la Policía Nacional
  • Aspectos que deben analizarse para determinar si la persona es beneficiaria o no de este subsistema
Derecho A La Seguridad Social De Nieto De Pensionado De Las Fuerzas Militares
  • Orden a Policía Nacional afiliar a nieto como cotizante dependiente
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este caso se aduce que la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional vulneró derechos fundamentales de un menor de edad, al impedir su acceso al subsistema de salud en calidad de beneficiario del actor, argumentando que, conforme a la normatividad vigente, los nietos no son considerados beneficiarios de los cotizantes.

Se analiza temática relacionada con la procedencia de la afiliación de un niño al Subsistema de Salud de la Policía Nacional a través de su abuelo cotizante, cuanto el menor depende económicamente de éste y se decide CONCEDER el amparo solicitado.

Se ordena la afiliación del menor representado en calidad de cotizante dependiente del actor.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 14 de agosto de 2013 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, por medio de la cual se revocó el fallo de tutela de proferido el 24 de junio de 2013 por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Fusagasugá - Cundinamarca y se declaró improcedente el amparo constitucional invocado por el señor José Jesús González López, y, en su lugar, CONCEDER el amparo de las garantías fundamentales transgredidas.
  3. Segundo. En consecuencia, ORDENAR a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, Seccional Cundinamarca, que en el término de cuarenta y ocho horas (48) contado a partir de la notificación de esta providencia, afilie al niño Luis David Rodríguez González al Subsistema de Salud de la Policía Nacional como cotizante dependiente del señor José Jesús González López. De igual forma, en caso de que el menor se llegue a encontrar activo en el sistema del régimen subsidiado, la Dirección de Sanidad demandada deberá acompañar el retiro y la cancelación de la afiliación de Luis David Rodríguez González a la entidad prestadora de salud del régimen subsidiado en la que pueda estar vinculado.
  4. Las condiciones de afiliación del niño solamente podrán cambiar cuando sean definidos por el órgano competente los términos y condiciones para que una persona que depende económicamente del afiliado cotizante, pueda acceder a estos servicios de salud, es decir, hasta la regulación de la figura del cotizante dependiente de acuerdo a los criterios que sobre el tema ha definido la Corte Constitucional.
  5. Tercero. Por Secretaría General LÍBRESE la comunicación a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.