T-055 de 2011
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Robin De Jesus Hincapie Restrepo Y Otra·Demandado Empresas Publicas De Medellin
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Deber del propietario del inmueble de garantizar condiciones mínimas de habitabilidad
- Dependen el uno del otro para su plena realización
- Evolución jurisprudencial
- Garantía por el Estado de prestación eficiente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Vida en condiciones dignas, salud, igualdad, derechos fundamentales de los niños.
Los acciontantes, propietario y ocupante de un inmueble en la ciudad de Medellín, refieren que la vivienda no cuenta con los servicios de acueducto, y alcantarillado, motivo por el cual deben acudir a los vecinos para solicitarles agua potable y verter las aguas sucias a una quebrada cercana.
Refieren que han solicitado la conexión e instalación de estos servicios a la E.P.M sin que hayan acogido favorablemente esta petición, justificando esta decisión en los problemas técnicos del inmueble para la disposición final de las negras. .
Los actores sienten vulnerados su derechos a la igualdad, ya los predios vecinos al menos tienen el servicio de acueducto instalado y¸ el de la vida en condiciones dignas, porque al no contar con agua potable, el desarrollo de las actividades cotidianas se convierte en tareas dificultosas y poco sanitarias..La Sala de Revisión advierte sobre las responsabilidades y derechos de las partes involucradas, respecto de los servicios públicos que debe tener una vivienda digna y las condiciones en que los mismos deben ser provistos.
Negada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 26 de julio de 2010 por el Juzgado
- Quinto. Penal Municipal para Adolescentes con Funcion de garantias de Medellin, que nego el amparo solicitado.
- Segundo. En orden a asegurar que el inmueble propiedad del senor Robin de Jesus Hincapie Restrepo se adecue a las condiciones minimas de una vivienda digna, y de normalizar la conexion de los servicios publicos de acueducto y alcantarillado, se adoptaran las siguientes medidas:
- 1. ORDENAR al senor Robin de Jesus Hincapie Restrepo, para que en un plazo maximo de un (1) mes, contado a partir de la notificacion de la presente decision, si aun no lo hubiere hecho, implemente y culmine las adecuaciones tecnicas requeridas por su predio, a efectos de lograr el vertimiento de sus aguas negras a traves de la red de alcantarillado existe en la zona.
- Para el efecto, EPM prestara su asesoramiento y supervisara que dichas adecuaciones cumplan con los requerimientos tecnicos que pueda contemplar la normatividad reguladora en materia del servicio publico de alcantarillado.
- 2. EPM informara de manera inmediata a la autoridad ambiental competente, en este caso al Area Metropolitana, asi como a la Superintendencia Nacional de Servicios Publicos, para que estas, en el ambito de sus competencias, tomen los correctivos del caso e incluso impongan las sanciones que para el efecto se encuentra vigentes, si el arrendador no cumple oportunamente con las referidas obras sanitarias.
- 3. DISPONER que EPM, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a verificar que las adecuaciones realizadas por el accionante a su inmueble le han permitido enlazarse a la red de alcantarillado existente en la zona, CONECTE el servicio publico de acueducto.
- Tercero. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.