Micelio
Sentencia de Constitucionalidad4 de julio de 2012Sala Plena

C-502 de 2012

Ponente Adriana María Guillén Arango

Demandante Sandro Giovanny Restrepo·Demandado Ley 1383 De 2010, Paragrafo Unico Del Articulo 12

Tema · dato duro
Exencion De Revision Tecnico-Mecanica Y De Emisiones Contaminantes Para Vehiculos De Placas Extranjeras. No Vulnera El Derecho A Un Ambiente Sano Ni Constituye Incumplimiento Del Deber Del Estado De Prevenir Y Controlar Factores De Deterioro Ambiental
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad
  • Excepcionalidad de su extensión de oficio a normas que no han sido objeto de demanda
Demanda De Inconstitucionalidad Por Vulneracion Del Derecho A La Igualdad
  • Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad y pertinencia
  • Requisitos en la carga argumentativa
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Improcedencia frente a norma subrogada que continúa produciendo efectos jurídicos
Principio Pro Actione En Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación en demanda contra norma subrogada
Transito Terrestre
  • Competencia del legislador para regularlo
  • Finalidades de su regulación
  • Finalidad
Revision Tecnico-Mecanica Y De Emisiones Contaminantes Para Vehiculos Automotores
  • Periodicidad
  • Propósito
  • Responde a una obligación de propietarios y tenedores de vehículos
Control De Constitucionalidad De Norma Subrogada
  • Competencia de la Corte Constitucional en la medida que fue reproducida y continúa produciendo efectos jurídicos
Subrogacion
  • Concepto
  • Configuración en relación con el artículo 202 del Decreto Ley 19 de 2012
  • Efectos
Corte Constitucional
  • Incompetencia para examinar de oficio normas no acusadas mediante la acción pública de inconstitucionalidad
Demanda De Inconstitucionalidad De Norma Subrogada
  • Procedencia por cuanto continúa produciendo efectos jurídicos
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aptitud del cargo para producir un pronunciamiento de fondo
Integracion Unidad Normativa
  • Reproducción del texto demandado en otras disposiciones
Principio De Precaucion Ambiental
  • Aplicación en norma que excepciona de revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes a vehículos con placas extranjeras
Unidad Normativa
  • Integración para evitar que el fallo sea inocuo
  • Procedencia excepcional de integración
Exencion De Revision Tecnico-Mecanica Y De Emisiones Contaminantes Para Vehiculos De Placas Extranjeras
  • No vulnera el derecho a un ambiente sano ni constituye incumplimiento del deber del Estado de prevenir y controlar factores de deterioro ambiental
Revision Tecnico-Mecanica Y De Emisiones Contaminantes
  • Excepción para vehículos de placas extranjeras sujeta a tres condiciones
19 temas · 28 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de Inconstitucionalidad contra el parágrafo único del artículo 12 de la Ley 1383 de 2010, modificatorio del artículo 52 de la Ley 769 de 2002.

La norma demandada establece que los vehículos automotores de placas extranjeras, que ingresen temporalmente y hasta por tres (3) meses al país, no requerirán la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.

Según el demandante, la disposición acusada viola los artículos 4, 13, 79 y 80 de la Constitución Política.

Entre otros cargos alega que, la precitada norma defrauda el propósito tutelar conjunto de la Ley, esto es, mantener todos los vehículos automotores que circulan en el territorio nacional en condiciones técnico-mecánicas óptimas o de emisión de contaminantes adecuadas y, genera un privilegio injustificado que se otorga a los vehículos de placas extranjeras.

La Corte encontró que eximir del certificado de revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes a los vehículos automotores de placas extranjeras que ingresan temporalmente al país, constituye una medida idónea, razonable y proporcionada que busca finalidades legítimas desde la perspectiva constitucional.

No obstante, determinó que esta exención no exime de la obligación de que tales vehículos estén en óptimas condiciones durante dicha circulación y estancia en el territorio nacional y, que en todo caso, soportarán todas las obligaciones derivadas de tal deber general, así como las responsabilidades y sanciones sobre el vehículo o sobre las personas que desde la legislación se puedan derivar de su incumplimiento.

EXEQUIBLE por el cargo analizado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 52Ley 769/02EXEQUIBLE
Art. 12Ley 1383/10EXEQUIBLE
Art. 2002Ley 1383/10EXEQUIBLE
Art. 52Ley 1383/10EXEQUIBLE
Art. 769Ley 1383/10EXEQUIBLE
Art. 202Decreto 19/12EXEQUIBLE
6 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el paragrafo del articulo 52 de la Ley 769 de 2002, modificado por el articulo 12 de la Ley 1383 de 2010, a su vez subrogado por el articulo 202 del Decreto Ley 19 de 2012.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.