C-268 de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Rojas Castillo Emel Y Otros·Demandado Ley 2116 De 2021
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos que se deben cumplir cuando se invoca la violación del principio de unidad de materia
- Elementos que debe contemplar
- Decreto del Alcalde Mayor no puede incorporar delimitación territorial de las localidades del Distrito Capital de Bogotá´
- Objetivos
- Concepto
- Función
- Contenido
- Delimitación de las localidades y la atribución de funciones y competencias corresponde al Concejo Distrital
- Alcance del margen de configuración legislativa
- Alcance
- Aplicable a Asambleas Departamentales y Concejos Municipales
- Exigible respecto del órgano legislativo pero aplicable a otras Corporaciones Públicas
- No vulneración por atribución de competencia al CONFIS Distrital para autorizar vigencias futuras
- Definición
- Sujetas a reglas y principios del proceso presupuestal
- Vigencia normativa como presupuesto para su estudio
- Funciones
- Regla de procedencia por la continuidad en la producción de efectos jurídicos
- No circunscrita al campo electoral
- Alcance
- Funciones con relación al presupuesto del Distrito Capital
- Elementos
- Vigencias futuras constituye una excepción
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 6 (parcial) y 14 de la Ley 2116 de 2021, por medio de la cual se modifica el Decreto-ley número 1421 de 1993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá.
Los accionantes formularon cuatro cargos: (i) un cargo contra el parágrafo del artículo 6 de la Ley 2116 de 2021 por la presunta vulneración de los artículos 158 y 322 de la Constitución; y, tres cargos contra el artículo 14 de la Ley 2116 de 2021 por (ii) la presunta vulneración del principio democrático (arts. 1, 2, 3 y 4 de la Constitución), (iii) la aparente violación del principio de igualdad, y (iv) el desconocimiento de lo previsto en los artículos 287, 313 y 345 de la Constitución Política.
La Corte concluyó que es constitucional que la delimitación de las localidades del distrito capital de Bogotá sea la que se definida mediante el acto administrativo que adopte el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), en el entendido que, cuando éste sea expedido por decreto, no puede incorporar dicha delimitación territorial.
Así mismo, consideró que resulta ajustado a la Carta que el CONFIS distrital apruebe las vigencias futuras.
En tal sentido se declaró la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del parágrafo transitorio del artículo 6 de la Ley 2116 de 2021 y la EXEQUIBILIDAD del artículo 14 ibidem.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2116/21. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Declarar la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del parágrafo transitorio del artículo 6 de la Ley 2116 de 2021, "por medio de la cual se modifica el Decreto-ley número 1421 de 1993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá´", en el entendido que cuando el Plan de Ordenamiento Territorial POT sea expedido por Decreto, no puede incorporar la delimitación territorial de las localidades del Distrito Capital de Bogotá´.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el artículo 14 de la Ley 2116 de 2021 Por medio de la cual se modifica el Decreto-ley número 1421 de 1993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá, por los cargos estudiados de conformidad con lo expresado en la parte motiva.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.