T-022 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Guillermo A. Quintero Montes·Demandado Aguas De Cartagena S.A. Acuacar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elementos para su configuración
- Inexistencia
- Requisitos de procedencia excepcional
- Construcción de alcantarillado y ejecución de medidas provisionales para evitar los perjuicios causados por el vertimiento de aguas negras en la residencia del demandante
- Vertimiento de aguas negras por ausencia de redes de alcantarillado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud en conexidad con la vida digna del accionante y su familia, por la negativa de acuacar de solucionar el problema que enfrentan por la inundacion de excrementos en las tuberias y pozo de su residencia y las de los vecinos del sector.<br>solicita se ordene el envio de un camion cisterna para evacuar el pozo septico y limpiar los canales de evacuacion asi como la construccion del alcantarillado del sector rafael nuñez del barrio olaya herrera de la ciudad de cartagena.<br>elementos que configuran la temeridad.
Defensa de derechos e intereses colectivos y accion de tutela.
Servicio de alcantarillado y accion de tutela.
La jurisprudencia ha establecido que para que la accion de tutela sea procedente es indispensable que este debidamente probada la violacion o amenaza a los derechos fundamentales del accionante y su familia, pues la sola invocacion de un riesgo no hace viable el amparo constitucional.
En el presente caso se ha evidenciado la preocupacion de la administracion municipal de cartagena por superar los problemas en el manejo de los vertimientos de aguas negras en el sector y se impartiran instrucciones al alcalde.<br>concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. LEVANTAR la suspension de los terminos en el proceso de la referencia, decretada mediante auto del 11 de diciembre de 2006.
- Segundo. REVOCAR la sentencia proferida el 2 de marzo de 2006 por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Cartagena, que confirmo la dictada el 11 de enero ibidem por el
- Octavo. Civil Municipal de la misma ciudad. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, en conexidad con la vida digna, del accionante Guillermo A. Quintero Montes y su grupo familiar.
- Tercero. En consecuencia, ORDENAR al Alcalde Mayor de Cartagena de Indias o quien haga sus veces que, si no lo ha realizado aun, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, inicie la construccion del alcantarillado del sector Rafael Nunez del barrio Olaya Herrera de esa ciudad, la cual debe concluir antes del 1deg de julio del presente ano.
- Cuarto. ORDENAR a la empresa Aguas de Cartagena S.A. ESP, ACUACAR, que hasta tanto se de la solucion definitiva por parte de la Alcaldia Mayor de Cartagena, ejecute medidas provisionales, idoneas y gratuitas, encaminadas a la cesacion de las molestias y perjuicios que padecen el accionante Guillermo A. Quintero Montes y su grupo familiar, por el desbordamiento de aguas negras en su residencia.
- Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.