Micelio
Sentencia de Tutela22 de febrero de 2018

T-048 de 2018

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Pablo Ramon Tumay Jimenez·Demandado Agroindustria Feleda S.A. Y Otros

Tema · dato duro
Accion De Tutela Para Solicitar Estabilidad Laboral Reforzada. Improcedencia Por Cuanto Accionante No Ha Sido Desvinculado Sino Que Se Produjo Una Suspension Del Contrato Laboral.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Solicitar Estabilidad Laboral Reforzada
  • Improcedencia por cuanto accionante no ha sido desvinculado, sino que se produjo una suspensión del contrato laboral
Suspension De Contrato De Trabajo
  • Causales taxativas
  • Efectos jurídicos
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales por parte de las entidades accionadas se atribuye a la terminación unilateral del contrato de trabajo del accionante sin autorización del Ministerio de Trabajo, a pesar de que para la fecha del despido se encontraba incapacitado debido a un accidente de trabajo.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

La procedencia de la acción de tutela. 2º.

La suspensión del contrato de trabajo y, 3º.

La estabilidad laboral reforzada.

Por encontrar que al peticionario no se le vulneró derecho fundamental alguno se decide confirmar las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Cuarto. Civil del Circuito de Villavicencio (Meta), el 13 de junio de 2017, por medio del cual confirmo la sentencia emitida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Paratebueno (Cundinamarca), el 24 de abril de 2017, que nego el amparo al derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada del accionante.
  3. SEGUNDO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.