Micelio
Sentencia de Tutela28 de enero de 2013

T-041 de 2013

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Gregorio Maestre Jimenez Y Otros·Demandado La Nacion, Ministerio Del Medio Ambiente Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Acto Administrativo De Ordenamiento Territorial
  • Improcedencia por existir otros mecanismos judiciales de defensa y ausencia de perjuicio irremediable
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Los accionantes interpusieron la acción de tutela contra la Alcaldía de Santa Marta y otras autoridades, al considerar que el Acuerdo que ordenó el Plan de Ordenamiento Territorial de dicha ciudad; el Decreto mediante el cual la Alcaldía decretó el statu quo a las construcciones que se desarrollaren en el corregimiento de Taganga y la resolución que ordenó la restitución de un bien de uso público a la Asociación de Pescadores de Taganga, vulneran sus derechos fundamentales a la vida digna, al trabajo, a la vivienda y al mínimo vital.

La Sala concluye que la acción de tutela es improcedente para controvertir los actos administrativos, sean ellos de carácter general, impersonal o abstracto o de carácter particular, cuando existen otros mecanismos de defensa judicial idóneos, como lo son las acciones contenciosas, a menos que se demuestre que la aplicación de dichos actos genera la vulneración de derechos fundamentales y se esté ante la existencia o amenaza de un perjuicio irremediable.

Se declara la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela impetrada. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia del Juzgado
  2. Séptimo. Civil Municipal de Santa Marta, del 11 de julio de 2012, que denegó el amparo solicitado por los señores Gregorio Maestre Jiménez, Nilda Sofía Jiménez Calderón y Patricia Elena Romero Castellano, y en su lugar DECLARAR la improcedencia de la acción de tutela instaurada por los señores Gregorio Maestre Jiménez, Nilda Sofía Jiménez Calderón y Patricia Elena Romero Castellano, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. Segundo. LIBRAR, por Secretaría General, las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.