T-273 de 2009
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Johan Manuel Mora Martinez·Demandado Proyecto E Inversiones Tpc S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Protección especial
- Empleado portador de VIH despedido
- Elementos para que se configure
- Protección constitucional especial a personas con VIH/SIDA
- Protección constitucional en el ámbito laboral
- Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
- Reintegro a enfermo de sida
- Estabilidad en el empleo
- Trabajador portador de VIH
- Requisitos fácticos
- Límites respecto derechos en tutela
- Protección especial a trabajadores en condiciones de debilidad manifiesta
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos a la vida en condiciones dignas, integridad fisica, minimo vital, seguridad social y salud invocados a favor de ex trabajador de la sociedad accionada, quien fue desvinculado, en su sentir, porque le fue diagnosticado el virus del vih/sida. <br>procedencia de la accion de tutela para evitar perjuicio irremediable y garantia de la estabilidad laboral reforzada de personas que se encuentren en estado de debilidad manifiesta en contratos a termino definido.
Reiteracion jurisprudencial. <br>las personas que padece vih requieren y merecen una especial proteccion constitucional, por lo cual se ha erigido una prohibicion de discriminacion por esa causa.
En ese orden de ideas, se ha admitido en cabeza del empleador la carga de asegurar la estabilidad laboral a favor de quien padece una enfermedad de esta entidad, en concordancia con el deber de solidaridad. <br>la sala encontro, ademas, la incidencia de ciertos y graves indicios sobre el conocimiento de la condicion de salud del actor, todo lo cual, conlleva a estimar el caracter discriminatorio del proceder de la accionada. <br>en consecuencia, se ordeno el reintegro del trabajador promotor del amparo. <br>concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. CONFIRMAR los fallos proferidos, en primera instancia por el Juzgado Cuarenta y Seis (46) Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Bogota el dia dieciocho (18) de junio de dos mil ocho (2008) y, en segunda instancia dictado por el Juzgado Veintidos (22) Penal del Circuito de Bogota, el dia ocho (8) de agosto de dos mil ocho (2008) dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Johan Manuel Mora Ramirez contra la Empresa Proyecto e Inversiones TPC S.A., por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. LIBRESE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.