T-018 de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Edier Serpa Paez·Demandado Salud Total Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago de incapacidad laboral por enfermedad general
- Pago de la prestación económica surgido de la enfermedad general constituye una garantía para la salud, el mínimo vital y la seguridad social del trabajador
- Pago por allanamiento a la mora por EPS
- Procedencia para reconocimiento y pago de acreencias laborales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mínimo vital, seguridad social, igualdad.
El actor se encuentra cotizando a la empresa accionada como trabajador independiente, sufrió un trauma en el antebrazo por lo cual su médico tratante le emitió una serie de incapacidades, pero la entidad accionada se ha negado a cancelarlas debido a que el actor realizo el pago de algunos aportes de manera extemporánea, solicita se ordene el pago de las incapacidades adeudadas.
La Sala se pronuncia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para solicitar el pago de las acreencias laborales, el allanamiento a la mora en el pago de los aportes al sistema de seguridad social y el pago de licencias por incapacidad general y el allanamiento en mora, se ordena a la entidad accionada devolver el valor de la incapacidad por enfermedad general del actor.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. CONFIRMAR parcialmente la sentencia proferida por el Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito con funciones de conocimiento en Bucaramanga- Santander, el 24 de agosto de 2009, en cuanto amparó los derechos fundamentales al mínimo vital, a la seguridad social y a la vida digna y ordenó a Salud Total EPS cancelar el valor de la incapacidad por enfermedad general al señor Edier Serpa Páez.
- Segundo. REVOCAR parcialmente el fallo del Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito con funciones de conocimiento en Bucaramanga- Santander, el veinticuatro (24) de agosto de dos mil nueve (2009) en lo referente a la autorización brindada a Salud Total EPS para recobrar ante el FOSYGA y, en consecuencia, ORDENAR a Salud Total EPS devolver al Fondo de Solidaridad y Garantías, FOSYGA, el valor de la incapacidad por enfermedad general que se haya girado, si se hubiere hecho,
- Tercero. LÍBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.