Micelio
Sentencia de Tutela12 de noviembre de 2010

T-910 de 2010

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Luis Carlos Perez Vasquez Y Otros·Demandado Municipio De El Carmen De Bolivar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia general para reclamar pago de acreencias laborales
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso administrativo, mínimo vital.

Los accionantes reclaman vía tutela el pago de las acreencias laborales que les adeuda la Alcaldía de El Carmen de Bolívar, las que fueron reconocidas y ordenadas pagar mediante acto administrativo en donde se liquidaba el monto que percibirían por concepto de indemnización e intereses.

La Sala reitera jurisprudencia en la cual se ha establecido la improcedencia de la acción de tutela para hacer efectivo el pago de acreencias laborales, porque se desnaturalizaría este mecanismo subsidiario y excepcional y se entraría a reemplazar a la jurisdicción indicada para resolver asuntos de carácter laboral.

DENEGADA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia del Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal del Carmen de Bolívar del diecinueve (19) de mayo de 2010; y en su lugar DENEGAR la referida acción de tutela interpuesta por Luis Carlos Pérez Vásquez, Candelaria Valdez Suárez, Eduardo Villa Pérez, Argemiro Rafael Lambraño Mon y Aracelly Martínez Sánchez por improcedente.
  3. SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.