Micelio
Sentencia de Tutela28 de febrero de 2017

T-128 de 2017

Ponente Aquiles Arrieta Gómez

Demandante Nolberto Matos Narvaez·Demandado Colpensiones

Tema · dato duro
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Se Reconocio Y Pago Pension De Invalidez.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • No cabe amparar derechos que ya no están siendo vulnerados
  • Se reconoció pensión de invalidez
Pensión De Invalidez
  • Requisitos para obtener reconocimiento y pago
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor le pidió al juez constitucional amparar sus derechos fundamentales y, en consecuencia, ordenar a Colpensiones que lo incluya en nómina para recibir la pensión de invalidez que le fue reconocida, pero sin la exigencia de ser declarado en interdicción judicial, toda vez que, a pesar del accidente cerebrovascular que sufrió y la pérdida de capacidad laboral calificada en un 77.25%, se encuentra con plena capacidad mental para recibir tal emolumento.

En sede de revisión se aportó decisión judicial mediante la cual se decretó la interdicción provisoria y la designación de la cónyuge del actor como curadora general provisional, además de la resolución mediante la cual se reconoció y ordenó el pago de la prestación reclamada.

Se CONCEDE el amparo invocado y se declara la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.

Se previene a Colpensiones para que en lo sucesivo se abstenga de desproteger a quien solicite el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez exigiendo documentos adicionales que no están contemplados en la ley como requisitos esenciales para tal efecto, y aplique los lineamiento que sobre el tema ha desarrollado la Corporación para asegurar los derechos fundamentales de las personas que se encuentran en condición de discapacidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el 29 de julio de 2016 por el Juzgado
  2. Septimo. Administrativo Oral de Pasto dentro del proceso de la referencia, y en consecuencia, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al minimo vital, a la seguridad social y a la vida digna del senor Nolberto Martos Narvaez.
  3. Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado, como consecuencia del reconocimiento y pago de la pension de invalidez al senor Nolberto Martos Narvaez, razon por la cual no se impartira orden alguna a la entidad accionada.
  4. Tercero. PREVENIR a COLPENSIONES, para que en lo sucesivo se abstenga de desproteger a quien solicite el reconocimiento y pago de la pension de invalidez, exigiendo documentos adicionales que no estan contemplados en la ley como requisitos esenciales para dicho reconocimiento, y aplique los lineamientos que sobre el tema ha desarrollado esta Corporacion para asegurar los derechos fundamentales de las personas que se encuentran en condicion de discapacidad.
  5. Cuarto. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaria General de la Corte Constitucional-, asi como DISPONER las notificaciones a las partes- a traves del Juez de tutela de instancia-, previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
Salvamento parcialLuis Ernesto Vargas SilvaSalvamento parcialAquiles Arrieta Gómez
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.