T-422 de 2010
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Nestor Alfredo Diaz Carrasquilla·Demandado Posivtiva Compañia De Seguros S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hecho superado por cuanto sociedad accionada asumido costos de atención integral por lesión de espalda y cancelo incapacidades laborales por accidente de trabajo
- Empleador pretende restitución de salarios pagados al trabajador durante tiempo de incapacidad
- Unica fuente de ingresos de trabajador y su familia
- Procedencia por tratarse de persona disminuida físicamente cuya única fuente de ingresos es su salario
- Pago por allanamiento a la mora por EPS
- Continuidad pago de incapacidades laborales por accidente de trabajo de acuerdo a condición de salud del actor
- Procedencia excepcional
- Tesis del allanamiento a la mora es aplicable cuando las EPS y ARS se niegan a cancelar a los trabajadores una incapacidad laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mínimo vital, petición, trabajo, seguridad social.
El accionante solicita se ordene el pago de las incapacidades laborales, derivadas de un accidente de trabajo que le han sido negadas por no haber estado afiliado a la ARP en la fecha del accidente.
La Sala se pronuncia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para reclamar las acreencias laborales, se realiza reiteración de jurisprudencia sobre el hecho superado, dentro del expediente aparece demostrado que la ARP realizó el pago de las incapcidades, sin embargo se previene a la entidad para que de ser necesario continúe pagando las incapacidades derivadas del accidente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. CONFIRMAR parcialmente el fallo proferido por la Sala Civil - Familia - del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena el 7 de septiembre de 2009, que nego el amparo con respecto a las pretensiones del senor Jaime Suarez Feria, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta sentencia.
- Segundo. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Civil - Familia - del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena del 7 de septiembre de 2009, respecto de la improcedencia de la accion de tutela con respecto a las pretensiones del senor Nestor Alfredo Diaz Carrasquilla, y en su lugar CONFIRMAR el proferido por el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Cartagena el 09 de junio de 2009.
- Tercero. DECLARAR la carencia actual de objeto, por existir hecho superado.
- Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.