Micelio
Sentencia de Tutela13 de enero de 2014

T-002 de 2014

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Martha Aurelia Cortes Buendia Y Otra·Demandado Complejo Penitenciario Y Carcelario De Jamundi, Valle

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion Del Interno
  • Vulneración por Complejo Penitenciario y Carcelario al no dar respuesta de fondo, clara y precisa a la solicitud de visitas
  • Orden a Complejo Penitenciario y Carcelario dar respuesta a la solicitud de traslado
Derecho De Peticion Interpuesto Por Recluso
  • Caso en que Complejo Penitenciario no resuelve la petición elevada por un interno dirigida a que se autorice permiso para visitar a hija menor en centro de reclusión de menores
Traslado De Internos Por El Inpec
  • Línea jurisprudencial sobre facultad discrecionalidad para concederlos o negarlos
Derecho De Petición
  • Alcance y contenido
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este caso se alega vulneración de derechos fundamentales en virtud de la omisión del Complejo Penitenciario y Carcelario de Jamundí (Valle), de dar respuesta a la actora respecto a la petición de autorizarle la salida mensual del establecimiento carcelario para visitar a su hija menor de edad, quien se encuentra interna en el centro de reclusión de menores Valle de Lili.

Se solicita con la acción de tutela que se impartan las órdenes pertinentes al INPEC para que realice las gestiones necesarias a que haya lugar y se concreten las visitas familiares entre madre e hija cada mes, al igual que se hace en otras cárceles respecto a las visitas conyugales.

Se analiza temática relacionada con los derechos restringidos de los reclusos, haciendo especial énfasis en el derecho a la unidad familiar, al igual que sobre la facultad del INPEC para realizar el traslado de internos y el alcance y contenido del derecho fundamental de petición.

Se TUTELAN los derechos fundamentales invocados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del Juzgado Quince Laboral del Circuito de Oralidad de Cali del 23 de abril de 2013, que nego por improcedente la accion de tutela propuesta por la senora Martha Aurelia Cortes Buendia, y en su lugar, TUTELAR el derecho fundamental de peticion y a la unidad familiar de la accionante y de su hija menor Geraldine Aguirre Cortes.
  2. Segundo. ORDENAR al Complejo Penitenciario y Carcelario de Jamundi, Valle del Cauca, que si aun no lo ha realizado, dentro del termino maximo de las cuarenta y ocho horas (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta sentencia den respuesta a la solicitud de traslado presentada por la senora Martha Aurelia Cortes Buendia, siguiendo los lineamientos de esta sentencia y atendiendo el procedimiento que senala la ley para estos casos.
  3. Tercero. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.