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Sentencia de Constitucionalidad31 de octubre de 2012Sala Plena

C-895 de 2012

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Carlos Alberto Bernal Botero Y Otro·Demandado Ley 1370 De 2009, Articulo 6 (Parcial) Y Ley 863 De 2003, Articulo 17 (Parcial)

Tema · dato duro
No Inclusion De Empresas De Servicios Publicos Domiciliarios En Toma De Posesion Con Fines Liquidatorios, Entre Los Contribuyentes Exentos Del Impuesto De Patrimonio
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Entidades En Liquidacion Obligatoria
  • Regulación en materia de obligaciones tributarias
Norma Legal Transitoria
  • No impide ejercer control de constitucionalidad, siempre que en el caso concreto la norma continúe produciendo efectos jurídicos
  • Definición
Omisión Legislativa Relativa
  • Criterios a partir de los cuales resulta procedente el examen de constitucionalidad
Servicios Publicos Domiciliarios
  • Facultades extraordinarias
  • Prestación por comunidades organizadas o por particulares, pero en todo caso, el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios
Servicios Publicos Prestados Por Particulares
  • Ambito de libertad
  • Jurisprudencia constitucional
Proceso De Toma De Posesion De Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • No está necesariamente asociada a dificultades financieras o incumplimiento de obligaciones mercantiles
  • Posibilidad de continuidad del objeto social
Prestacion De Los Servicios Publicos
  • En aras de satisfacer el interés general y los derechos fundamentales involucrados, resulta necesario sacrificar el alcance de las libertades económicas de los particulares que participan en dichas actividades
Toma De Posesion
  • Medida de intervención extrema de la Superintendencia de Servicios Públicos
Toma De Posesion De Empresa De Servicios Publicos
  • Efectos
  • Medidas preventivas
  • Aplicación de normas relativas a la adjudicación de instituciones financieras
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación del principio pro actione
Empresas De Servicios Publicos Domiciliarios En Liquidacion
  • Se encuentran incluidas dentro de las entidades exentas del impuesto al patrimonio
Empresas De Servicios Publicos Domiciliarios En Toma De Posesion Con Fines De Liquidacion
  • No inclusión como parte de las entidades exentas del pago del impuesto al patrimonio
Entidades En Liquidacion Forzosa Administrativa
  • Reglas para exclusión del impuesto al patrimonio
Impuesto Al Patrimonio
  • Desarrollo normativo
  • Exenciones
Libertad De Configuracion Legislativa En Materia Tributaria
  • Contenido y alcance
  • Jurisprudencia constitucional
Norma Acusada
  • Vigencia y producción de efectos como presupuesto para un pronunciamiento de fondo
Proceso De Liquidacion Judicial
  • Situaciones que dan lugar a exención del impuesto al patrimonio
Regimen Especial De Los Servicios Publicos Domiciliarios
  • Intervención estatal
  • Parámetros constitucionales aplicables
  • Regulación corresponde al Estado
Servicios Públicos
  • Actividad económica que comprende la satisfacción de las necesidades básicas de la población y por ello mismo la eficacia de ciertos derechos fundamentales
Superintendente De Servicios Publicos
  • Causales para toma de posesión de una empresa
Toma De Posesion De Empresas De Servicios Publicos Con Fines De Liquidacion
  • Ambito distinto al de las empresas comerciales sometidas a procesos de intervención como el de la reestructuración de pasivos y de reorganización empresarial
34 temas · 44 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 6 (parcial) de la Ley 1370 de 2009 y 17 (parcial) de la Ley 863 de 2003.

En el presente caso la Sala analiza si resulta contrario al derecho a la igualdad, el deber de contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de los conceptos de justicia y equidad y a los principios del sistema tributario, que el legislador no haya incluido dentro de las entidades eximidas del pago del impuesto al patrimonio consagrado en la Ley 1370 de 2009, a las empresas de servicios públicos en liquidación y en toma de posesión con fines liquidatorios.

Se concluye que esta situación no configura una vulneración del principio de igualdad y equidad tributaria y en tal sentido se declara la EXEQUIBILIDAD de los apartes demandados, por los cargos analizados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 863/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 17Ley 863/03EXEQUIBLE
Art. 6Ley 1370/09EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, la expresion "Tampoco estan sujetas al pago del impuesto las entidades que se encuentren en liquidacion, concordato o que hayan suscrito acuerdo de reestructuracion de conformidad con lo previsto en la Ley 550 de 1999," contenida en el articulo 17 de la Ley 863 de 2003.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, la expresion "Tampoco estan sujetas al pago del impuesto las entidades que se encuentren en liquidacion, concordato, liquidacion forzosa administrativa, liquidacion obligatoria o que hayan suscrito acuerdo de reestructuracion de conformidad con lo previsto en la Ley 550 de 1999, o acuerdo de reorganizacion de la Ley 1116 de 2006," contenida en el articulo 6deg de la Ley 1370 de 2009.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.