C-839 de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Vanessa Suelt Cock Y Otros·Demandado Ley 906 De 2004, Articulo 101, Inciso 1
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Definición
- Jurisprudencia constitucional
- Suspensión o cancelación de registros obtenidos fraudulentamente
- Requisitos que se deben cumplir para que prospere el cargo
- Jurisprudencia constitucional
- Instrumentos internacionales
- Pilar fundamental
- Parámetros y estándares constitucionales
- Garantías para las víctimas de los delitos que se derivan de unos correlativos deberes para las autoridades
- Reglas jurisprudenciales
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido y alcance
- Relación con la obligación del Estado de prevenir graves violaciones de derechos humanos
- Relación con el derecho a la reparación
- Principios de integralidad y proporcionalidad
- Objetivos según la jurisprudencia constitucional
- Fundamento
- Facultades que le permiten participar directamente sin intermediación del fiscal
- Papel asignado al Fiscal no excluye que las víctimas tengan derecho a intervenir en el proceso
- Facultad del fiscal y la víctima para solicitarla
- Criterios jurisprudenciales
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Desarrollo normativo
- Contenidos de dicha obligación
- Alcance y requisitos
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso 1º del artículo 101 de la Ley 906 de 2004.
Los demandantes consideran que la norma acusada vulnera los artículos 1, 2, 93, 229 y 250 de la Constitución Política, al configurarse una omisión legislativa relativa que afecta los derechos de las víctimas.
Para la Corte, la víctima debe tener la misma facultad del fiscal de solicitar la suspensión o cancelación del registro de bienes obtenidos fraudulentamente, acorde con el derecho a la reparación que le reconoce la Constitución y los convenios internacionales sobre derechos humanos.
Se declara EXEQUIBLE el inciso demandado, en el entendido que la víctima también puede solicitar la suspensión del poder dispositivo de los bienes sujetos a registro cuando existan motivos fundados para inferir que el título de propiedad fue obtenido fraudulentamente.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (22 puntos)
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE el inciso
- primero. del articulo 101 de la Ley 906 de 2004 por los cargos analizados en la presente sentencia, en el entendido que la victima tambien puede solicitar la suspension del poder dispositivo de los bienes sujetos a registro cuando existan motivos fundados para inferir que el titulo de propiedad fue obtenido fraudulentamente.
- JORGE IVAN PALACIO PALACIO
- Presidente
- MARIA VICTORIA CALLE CORREA
- MAURICIO GONZALEZ CUERVO
- Magistrado
- Magistrado
- Ausente con excusa
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
- ALBERTO ROJAS RIOS
- Magistrado
- Magistrado
- NILSON PINILLA PINILLA
- GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
- Magistrado
- Magistrado
- JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
- LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
- Magistrado
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.