C-797 de 2014
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Emilce Rico Coba·Demandado Ley 1450 De 2011, Articulo 89, Paragrafo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juez constitucional debe examinar si continúa produciendo efectos jurídicos
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance
- Procedencia excepcional fijada por la Jurisprudencia constitucional
- Disposición derogada que no produce efectos jurídicos
- Pronunciamiento ante vigencia dudosa por incertidumbre de derogatoria tácita
- Vigencia de las normas objeto de control no es requisito sine qua non
- Facultad para expedir reglamentación de características técnicas de sistemas de seguridad documental
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo del artículo 89 de la Ley 1450 de 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo.
Aduce el actor que el texto normativo acusado es contrario a la Constitución, al prever la asignación de potestad reglamentaria a autoridades no previstas en el texto Superior, crear con ello interferencia en las competencias del Presidente de la República y vulnerar el principio de unidad de materia, entre otras razones.
Sin embargo, La Corte encuentra que, al margen de posibles objeciones sobre la aptitud de esta demanda, el precepto acusado no se encuentra actualmente vigente, ni está produciendo efectos a la fecha, ni tampoco concurre ninguna de las otras razones por las que, en casos especiales, la Corporación acepte fallar de fondo sobre una norma que ya no se encuentra vigente.
La Sala se INHIBIÓ de adoptar un pronunciamiento de mérito sobre lo planteado. <br> <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1450/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución
- RESUELVE
- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo en relación con los cargos formulados en contra del parágrafo del artículo 89 de la Ley 1450 de 2011, por las razones señaladas en la parte motiva de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.