C-133 de 2012
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Gonzalo Castellanos Valenzuela·Demandado Ley 1393 De 2010, Articulos 10 Y 11
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulnera el principio de unidad de materia, en la medida que no está destinado a financiar el Sistema de Seguridad Social en Salud
- Configuración constitucional
- Elementos de análisis para determinar las relaciones de conexidad entre las disposiciones de una ley
- Límite al ejercicio del poder de configuración normativa de que es titular el Congreso de la República
- Violación constituye vicio de carácter material y no formal
- Naturaleza del vicio
- Criterios de conexidad
- No significa simplicidad temática
- Para su cumplimiento debe acudirse a una interpretación razonable y proporcional
- Trasgresión no constituye un vicio material sino formal
- Reglas aplicables
- Transgresión no constituye un vicio de competencia y no puede asimilarse a un juicio material
- Clasificación
- Vicios objeto de control
- Norma acusada no guarda relación de conexidad con el tema de la ley a la que pertenece
- Operancia por vicios de forma
- Requisitos que se deben cumplir cuando se invoca la violación del principio de unidad de materia
- Argumentos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de Inconstitucionalidad en contra de los artículos 10 y 11 de la Ley 1393 de 2010, por la cual se definen rentas de destinación específica para la salud, se adoptan medidas para promover actividades generadoras de recursos para la salud, para evitar la evasión y la elusión de aportes a la salud, se redireccionan recursos al interior del sistema de salud y se dictan otras disposiciones.
El demandante formuló dos tipos de cargos; unos dirigidos a cuestionar concretamente el contenido sustancial de la norma y otros, en los que refiere irregularidades relacionadas con el trámite de aprobación en el Congreso de la República y la presunta violación del principio de unidad de materia.
La Corte encontró que los artículos demandados violan el principio de unidad de materia, en la medida que los temas en ellos regulados no guardan relación de conexidad causal, temática, sistemática o teleológica con la materia de la ley.
Se declara la INEXEQUIBILIDAD de los artículos 10 y 11 de la Ley 1393 de 2010. <br> <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1393/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLES los articulos 10 y 11 de la Ley 1393 de 2010, "por la cual se definen rentas de destinacion especifica para la salud, se adoptan medidas para promover actividades generadoras de recursos para la salud, para evitar la evasion y la elusion de aportes a la salud, se redireccionan recursos al interior del sistema de salud y se dictan otras disposiciones".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.