Micelio
Sentencia de Constitucionalidad26 de mayo de 2010Sala Plena

C-400 de 2010

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Caroline Deyanira Urrego Moreno·Demandado Ley 633 De 2000 Articulo 74

Tema · dato duro
Principio De Congruencia Entre El Titulo De La Ley Y Contenido. No Se Vulnera Por La No Enunciación De Todos Los Asuntos Conexos Que Conforman El Cuerpo Normativo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad
  • Vicios objeto de control
Cosa Juzgada Constitucional
  • Inexistencia por fallo inhibitorio
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ausencia de razones específicas
  • Caducidad de la acción por vicios de forma
Principio De Congruencia Entre El Titulo De La Ley Y Contenido
  • Cumplimiento
  • No se vulnera por la no enunciación de todos los asuntos conexos que conforman el cuerpo normativo
Principio De Unidad De Materia En Tramite Legislativo
  • Importancia
  • No se vulnera por disposición que confiere facultad al Fondo Agropecuario de Garantías en norma de carácter tributario
Principio De Unidad De Materia
  • Alcance
  • Señalamientos que debe contener la demanda
  • Conexidad temática, teleológica, causal, sistemática o consecuencial
Titulo De La Ley
  • Funciones que cumple
Exequibilidad De Norma
  • No puede fundarse en existencia de norma con contenido normativo análogo
Principio De Unidad De Materia Y Exigencia De Coherencia Entre El Titulo De La Ley Y Su Contenido
  • Constituyen exigencias constitucionales con contenidos, alcances y consecuencias diferentes
Principio De Congruencia Entre El Titulo De La Ley Y Su Contenido
  • No puede ser evaluado con criterios rígidos
  • Subreglas constitucionales que deben ser observadas por el legislador en aras de atender este principio
Principio De Correspondencia Entre Titulo De La Ley Y Contenido
  • Derivación del principio de unidad de materia
  • No se encuentra relacionado con el principio de unidad de materia
23 temas · 32 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 633 de 2000 artículo 74, “por la cual se expiden normas en materia tributaria, se dictan disposiciones sobre el tratamiento a los fondos obligatorios para la vivienda de interés social y se introducen normas para fortalecer las finanzas de la Rama Judicial”, la norma acusada regula que el fondo agropecuario de garantías, podrá otorgar garantías de acuerdo con el reglamento que para tal fin expida la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, la demandante considera que la norma acusada vulnera los artículos 4, 158 y 169 de la Constitución, ya que dentro del tramite de la Ley se introdujo una disposición ajena al contenido de la misma, que regula aspectos de orden tributario, lo cual viola el principio de unidad de materia.

La Corte estudia el principio constitucional de unidad de materia en las leyes, el contenido material de la Ley 633 de 2000, se concluye que el título de la ley no contiene elementos discriminatorios, solo da una idea general sobre el contenido temático del cuerpo normativo, y que por lo tanto la norma acusada no resulta incongruente con la Ley, además la facultad del fondo agropecuario, también fue regulada en la Ley 16 de 1990 “Por la cual se constituye el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario”, de lo cual resulta evidente que los destinatarios de la norma no tendrán dificultades para conocerla, se decide declarar la norma acusada Exequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 633/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 74Ley 633/00EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en la presente sentencia, el articulo 74 de la Ley 633 de 2000.
  2. SEGUNDO. INHIBIRSE para analizar el cargo de inconstitucionalidad esgrimido en contra del articulo 74 de la Ley 633 de 2000, por desconocimiento del articulo 4deg de la Constitucion Politica.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialHumberto Antonio Sierra Porto
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.