C-584 de 2015
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Julian Arturo Polo Echeverry·Demandado Ley 48 De 1993
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Manifestación del derecho fundamental a la participación ciudadana
- Eficacia del principio pro actione y cumplimiento de requisitos argumentativos mínimos
- Forma parte de un grupo social históricamente sometido a patrones de valoración cultural negativos
- Dentro del sector LGBT es la que afronta mayores obstáculos para el reconocimiento de su identidad y el goce efectivo de sus derechos
- Requiere medidas especiales de protección
- Alcance de los fallos de tutela
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos mínimos
- Concepto
- Comprensión amplia que incluya dentro de esa definición a las mujeres cisgénero y a las mujeres transexuales
- El vocablo mujer también comprende a las mujeres transexuales
- Interpretación extensiva del vocablo “mujer” tiene una incidencia directa en lo que en adelante ha de entenderse por “varón”, pues la mujer transexual ya no podrá tenerse por tal pa
- No se cumplen requisitos que demuestre existencia de omisión legislativa
- Configuración de omisión legislativa relativa
- Alcance
- Formas
- Configuración
- Juicio de igualdad debe ser estricto
- Jurisprudencia constitucional
- Diferencias
- Inhibición por ineptitud sustancial de la demanda por falta de carga argumentativa mínima y suficiente
- Servicio militar obligatorio y obligación de definir la situación militar
- Carácter abstracto
- Ratio decidendi de sentencias de tutela vinculan a las partes y operadores jurídicos
- Carácter relativo
- Adopción en consideración a reglas jurisprudenciales en sentencias de tutela
- Jurisprudencia constitucional
- Noción
- Concepto
- Jurisprudencia constitucional
- Concepto
- Concepto
- Concepto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 10, 14, 23, 24 y 25 de la Ley 48 de 1993, por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización.
Considera el demandante que los preceptos objeto de censura contravienen los artículos 13 y 16 de la Constitución Política.
Estima, que en ellas se incurrió en una omisión legislativa relativa, al no definir la forma de prestación del servicio militar para las personas que presentan diversidad de género, pues éstas, sintiéndose y viéndose como mujeres deben someterse al proceso de incorporación militar en el que tienen que soportar todo tipo de tratos discriminatorios.
La Corte decidió declararse INHIBIDA para emitir un procedimiento de fondo, por la ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 48/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion.
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para conocer de la demanda presentada por el ciudadano Julian Arturo Polo Echeverry, contra los articulos 10, 14 (parcial), 23, 24 y 25 (parcial) de la Ley 48 de 1993 "Por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilizacion", por ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.