C-555 de 2013
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Jorge Arango Mejia·Demandado Ley 422 De 1998, Articulo 4 Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia del Consejo de Estado
- Contexto histórico
- Libertad de configuración legislativa
- Finalidades
- Carácter instrumental
- Carácter instrumental en el marco del Estado Social de Derecho
- Corte Constitucional asumió un control oficioso no permitido por el artículo 241 del texto superior
- Lejos de existir un problema constitucional, lo que se plantea es una discusión contractual con un alto nivel de incer
- Condicionamiento se aparta del rigor normativo del artículo 75 del Texto Superior, en el entendido de que dicho precep
- Debió proferirse fallo inhibitorio
- Decisión adoptada por esta Corporación puede dar lugar a problemas de igualdad entre operadores
- Demanda planteada no permitía llevar a cabo una confrontación objetiva entre las normas acusadas y la Constitución
- Disposiciones acusadas no desconocían ninguno de los límites de la potestad de configuración normativa del legislador
- Incumplimiento de requisitos de pertinencia, suficiencia, claridad y especificida
- Lejos de existir una situación de desequilibrio, lo que se estimula con las normas acusadas es la creación de un escen
- Una cuestión como la propuesta desborda los límites del control abstracto de constitucionalidad, ya que el objeto de l
- Una materia como la propuesta, exige su discusión por las instancias pertinentes, incluso de naturaleza arbitral, cuan
- Bien público inenajenable e imprescriptible sujeto a gestión y control del Estado
- Definición
- Elemento integrante del territorio
- Igualdad de oportunidades para acceder a su uso
- Determina las actuaciones de la administración, sus servidores y contratistas
- Defensa constituye finalidad de la contratación estatal
- Estricta sujeción del servidor público en materia contractual
- Importancia en la contratación administrativa
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido y alcance
- Contenidos de rango legal
- Respeto del contenido en aquellos contratos celebrados con anterioridad a la normatividad legal vigente
- Aplicación del principio pro actione
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos mínimos
- Intervención del Estado
- Concreción
- Implicaciones y vigencia normativa en casos de cambio legislativo en la jurisprudencia del Consejo de Estado
- Características según la doctrina
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 4º de la Ley 422 de 1998, por la cual se modifica parcialmente la Ley 37 de 1993 y se dictan otras disposiciones y, el inciso 4º del artículo 68 de la Ley 1341 de 2009, por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones.
En criterio del demandante, las normas acusadas al prever que en las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones de servicios de telecomunicaciones, la cláusula de reversión pactada solo implica revertir al Estado las frecuencias radioeléctricas asignadas, sin incluir los elementos y bienes directamente afectados al servicio, vulneran los artículos 13, 58, 75, 334 y 355 de la Constitución Política.
La Corte consideró que no era inconstitucional la reversión tal como lo establecen las normas demandadas; lo que resulta inconstitucional es su interpretación, en el sentido de que ellas modifican las cláusulas de reversión pactadas antes de su entrada en vigencia, con lo que se desconocería la seguridad jurídica en detrimento del patrimonio estatal.
Se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de las normas demandadas, por el cargo examinado, en el entendido que en los contratos de concesión suscritos antes de la entrada en vigencia de estas normas se deberá respetar el contenido de las cláusulas de reversión en ellos acordadas.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 37/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar la EXEQUIBILIDAD del articulo 4deg de la Ley 422 de 1998 y del inciso
- cuarto. del articulo 68 de la Ley 1341 de 2009, por el cargo examinado, en el entendido que en los contratos de concesion suscritos antes de la entrada en vigencia de estas normas se debera respetar el contenido de las clausulas de reversion en ellos acordadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.